Proyecto de Resolución
Nueva Construcción en
Méndez de Andes 527
Artículo 1°.-La
Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, por medio del
organismo que corresponda, en un plazo no mayor a 30 días de recibida la presente,
informe, sobre el estado y presuntas intervenciones para la construcción de un
edificio en la calle Méndez de Andes 527, identificada catastralmente en la
parcela 45-046-033B, acerca de:
1.
Si la construcción se
encuentra paralizada desde 1997 o anteriormente. En tal caso se solicita
informe sobre la aprobación original de los planos -así como copia de los
mismos-, los plazos de ejecución previstos normativamente y copia de las
actuaciones posteriores surgidas de las inspecciones y actos administrativos
emergentes.
2.
Si la Dirección General
de Registro de Obras y Catastro intimó y/o clausuró y/o retrotrajo los actuados
anulando el permiso de obra. En caso afirmativo se solicita copia de las
actuaciones correspondientes. En caso negativo se solicita informe y fundamente
sobre el criterio adoptado.
3.
Si se ha adecuado la
capacidad constructiva en la parcela identificada catastralmente como
45-046-033B a lo establecido en la Ley 2722 (2008). En tal caso se requiere
informe y copia de los actuados. En caso negativo se solicita fundamente la
ausencia.
4.
Si se han realizado
inspecciones sobre la seguridad y el
estado de conservación y/o presunta vida útil de la estructura de hormigón
armado de la construcción, anterior a 1997, ubicada en Méndez de Andes 527. En
caso afirmativo se solicita copia de los actuados e informe sobre las
recomendaciones y gestiones posteriores. En caso negativo se solicita informar
al respecto, en particular, si se recomienda su demolición.
5.
Si se dio intervención a
la Dirección General de Interpretación Urbanística para reorientar la
paralización de la obra en Méndez de Andes 527 y su presunta modificación de
acuerdo a la regulación prevista en la Ley 2722. En caso afirmativo se solicita
copia del informe realizado o, en caso negativo se requiere fundamentar su
ausencia.
Fundamento
Señor Presidente
El
Estudio Brodschi & Asociados
([1])
ofrece en venta departamentos de 1, 2 y 3 ambientes en el
edificio MENDEZ DE
ANDES localizado en Méndez de Andes 527 tal como lo registrado en los datos del
Mapa Interactivo que, en la página referenciada, se lo ofrece como “De Pozo”.
Llama la atención que en tanto se trataría
–por las imágenes de proyecto- de una torre de más de 13 pisos de un edificio
nuevo pero, cuya estructura se habría comenzado antes de 1997 (imagen datada en
el Mapa Interactivo) y que, desde entonces,
habría estado paralizado con un estructura de hormigón armado de las
bases y de las columnas y loza de la planta baja.
Cabe consignar que este sector urbano habría
sido cuestionado por los vecinos de Caballito, en el segundo quinquenio del
siglo, y que diera lugar en 2008 a un importante cambio en los parámetros de
Constructividad, pasando a ser R2 bI (Código de Planeamiento 5.4.1.4 Distrito
R2b, a) R2bI).
Por lo tanto, Señor Presidente, se entiende
que la falta de ejecución en tiempo y forma habría dado lugar a actuaciones
específicas para modificar la autorización original y, por otra parte, la
aparición de la Ley 2722 una cambio en la capacidad constructiva, así como la
existencia de un informe profesional sobre las condiciones de estabilidad y
conservación de la estructura existente.
Por todo lo expuesto solicito a mis parres
acompañen con su firma el presente Proyecto de Resolución, así como su pronto
tratamiento para evitar ventas fraudulentas o inconsistentes normativamente.
[1]http://www.estudiobrodschi.com.ar/proyecto.php?url=mendez-de-andes_40
No hay comentarios.:
Publicar un comentario