PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º - El Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informará a esta Legislatura, a
través de los organismos correspondientes y dentro del plazo de treinta (30)
días corridos, sobre los siguientes puntos relacionados con el convenio
firmado entre la empresa AySA y la Ciudad de Buenos Aires como consecuencia
de lo establecido por los Decretos 1929/06, 220/07 y la ley 2.359:
1.
La
nómina completa de las obras sanitarias previstas en los barrios de Villa
Pueyrredón, Villa Urquiza, Caballito, Palermo, Coghlan y Nuñez y de sus
tiempos de ejecución estimados de resultas de la aplicación de las normas
precitadas.
2. Las fechas de realización de las obras
realizadas en los barrios arriba detallados. Informe si las mismas formaban parte de las
calificadas como de "demanda inmediata", de "corto plazo"
o de "mediano plazo" en el informe de la empresa AySA.
3.
El
presupuesto oficial de las obras ya realizadas y de las pendientes de ejecución, acompañando
los antecedentes, estudios, contrataciones,
análisis y consultas efectuadas atinentes a las mismas.
4.
Indique la existencia o no de estudios sobre una posible contaminación a los
acuíferos Pampa y Puelche y de sus probables consecuencias insalubres sobre
la población de la Ciudad de Buenos Aires como producto de las perdidas y
roturas de caños señaladas en el informe de AySA de enero de 2007. De existir
los mismos, se remitirá copias con su respuesta a la Legislatura.
5.
Explicitar el área de la administración de la Ciudad que actuó como contralor del
cumplimiento del Decreto 220/07 y de la Ley 2.359 desde su
entrada en vigencia
hasta la actualidad.
6.
Si, en el caso de no haberse realizado las
obras sanitarias comprometidas, ha implementado alguna solución a la
situación existente. De ser así remita toda la información del caso a la
Legislatura, identificando las dependencias competentes.
7.
Si
para el caso de que no se hubiesen
realizado las obras de infraestructura
sanitaria comprometidas, ha
suspendido la entrega de permisos de obra nueva y de finales de obra como
medida preventiva y mitigadora del daño ambiental. Si así no fuera, informara cuales otra/s medida/s adoptó
para preservar el medio ambiente y evitar o mitigar la contaminación,
remitiendo con su respuesta toda la información del caso e identificando las
dependencias que participaron y participan en la ejecución de aquellas.
8.
Si
el Poder Ejecutivo ha iniciado algún tipo de actuación interna para
determinar las eventuales responsabilidades emergentes del incumplimiento del
convenio entre la Ciudad y la empresa AySA y del Decreto 220/07 y la
Ley 2.359. En su
caso, remitirá copia de las
actuaciones administrativas labradas al respecto a la Legislatura. De no existir los mismos
informará los motivos de tal extremo y los responsables de tal
decisión.
Artículo 2º.- Comuníquese,
etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El motivo de este
pedido es obtener certeza sobre
denuncias vecinales referidas a diferentes normas y convenios vigentes
cuyos incumplimientos estarían exponiendo a la Ciudad de Buenos Aires y a sus
habitantes a un importante daño y peligro ambiental. Si se confirmase el
altísimo grado que se le asigna al incumplimiento del convenio firmado con AySA
en febrero de 2007, del Decreto 220/07 y de la Ley 2.359 estaríamos ante la
desgraciada situación de haber seguido contaminando durante cuatro (5) años
los acuíferos Pampa y Puelche con agua potabilizada, y lo que es aún peor,
con residuos cloacales.
El Decreto 1929/06
suspendió la entrega de permisos de obras nuevas en 6 barrios de la
Ciudad por 90 días e impuso la realización de estudios de sus redes a los
proveedores de gas, corriente eléctrica,
agua y recolección de cloacales, a
efectos de verificar las numerosas denuncias sobre la saturación de
tales redes.
Como resultado de los
estudios realizados, la empresa AySA
presentó un informe por el que dio
cuenta de la dramática situación que atraviesa la provisión de agua y de los sistemas
cloacales en seis de esos barrios, Villa Urquiza, Villa Pueyrredón,
Caballito, Palermo, Coghlan y Núñez. En su informe documentó la necesidad de
realizar de manera urgente la renovación de 154 kilómetros de redes de agua,
que incluyen 13,9 kms. de refuerzos de la red maestra, 30 kms. de renovación
de cabeceras y más de 140 kms. de renovación de colectoras. La situación de
la red cloacal, según la empresa, era
todavía más dramática, con
requerimientos de obras imperiosas por un total de 134 kms. de cañerías. Estas
obras demandaban hace 4 años atrás más de 235 millones de pesos.
Pese a la gravedad de
la situación, tales obras no fueron realizadas hasta la fecha, incumpliéndose con lo establecido por el
Decreto 220/07 para la entrega de permisos de obra en los 6 barrios
implicados; normativa que fue generalizada posteriormente a toda la Ciudad
por la Ley 2.359 (BOCBA N° 2736 del 31/07/2007) que previó que "Para
obras nuevas o de ampliación de obras existentes, en edificios destinados a
vivienda multifamiliar: certificado de disponibilidad de
recursos de redes de servicios públicos. Las empresas prestatarias
certificarán que la infraestructura instalada es suficiente para satisfacer
el incremento de la demanda que generará la obra nueva, sin deterioro de la
calidad del servicio. "La empresa prestataria de los servicios de
provisión de agua potable y desagües cloacales certificará las
especificaciones correspondientes a presión de agua, caudal de agua,
continuidad del servicio de abastecimiento de agua potable e inundaciones por
desbordes de desagües cloacales establecidos en las normas de servicio"
Como lo demuestra el Resumen Ejecutivo de la
empresa AySA sobre la red de agua, del año 2007: "….el estudio
comprendió la identificación de conductos con una escasa capacidad de
"transportar y entregar" mas caudal del actual y por tal motivo
serán "insuficientes" para satisfacer una demanda adicional.".
Más adelante dicho estudio indica que: "la capacidad de conducción
de las cañerías de las zonas objeto del estudio, se reduce en rango del 60 a
80% por lo tanto en igual medida
se debe reducir el
caudal teórico transportado.". En lo que se refiere a
la situación cloacal se determinó que: "poseen escasa capacidad de
"descargar" más caudal del actual y por tal motivo serán
"insuficientes" para satisfacer unas descarga adicional".
Esto, de no solucionarse, pone en riesgo de colapso ambiental a seis
barrios de la Ciudad y provoca día a
día un incremento de la contaminación y un deterioro de la calidad de vida de
los vecinos porteños.
Este proyecto constituye una nueva
presentación de los anteriores de autoría del Diputado (MC) Pablo Bergel que tramitó
por Expediente nº 94-D-2015 y
282-D-207, del Diputado Gustavo Vera los cuales, por imperio de lo dispuesto
en el Reglamento del Cuerpo, caducaron
a la expiración del año parlamentario próximo pasado. Entendemos que la
importancia institucional del mismo justifica ampliamente su reiteración.
Por lo expuesto, Señor Presidente, solicito
la aprobación del presente proyecto.
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