TRAS EL DESASTRE, EMPEZAR A DAR VUELTA LA TABA
DEROGACIÓN DE LAS LEYES DEL PACTO PRO-K
“Tuvimos pasar por esta dolorosa experiencia del desastre climático, para que la sociedad, los medios y las instituciones tomen conciencia de que esta ciudad, este modo de hacer urbanismo, se cobra en vidas y bienes su insustentabilidad. Hay que dar vuelta una larga historia y ahora es cuando”, declaró el legislador Pablo Bergel (Proyecto Sur), quien preside la Comisión Especial de Cambio Climático.
Bergel presentó hoy un proyecto de ley para derogar las leyes 4.476 y 4.477 aprobadas en diciembre pasado con el acuerdo de los bloques del PRO y del Kirchnerismo, por las que se destinaron 95 hectáreas de espacios espacios verdes públicos para su cementación e impermeabilización, de la mano de la especulación inmobiliaria.
La iniciativa promueve la derogación de las leyes que permiten la construcción en los terrenos ferroviarios de Liniers, Palermo, Caballito y en 37 hectáreas del Parque Roca. En cambio, esta ley ordena su recatalogación como urbanización parque (UP) para destinarlo a la ampliación de espacios verdes absorbentes, reguladores pluviales, tales como el Corredor Verde del Oeste.
Entre las leyes que se propone derogar también se encuentra la que autorizó un shopping que actualmente construye el grupo IRSA en Palermo en el predio que formaba parte del denominado “Proyecto Lago Pacífico”, propuesto como lago regulador ante las frecuentes inundaciones de la zona.
El presente proyecto de Bergel también deroga la cesión de 37 hectáreas del Parque Roca en el Sur de la Ciudad que habilita la concesión a un privado para estacionamiento y playa de maniobras de camiones-
Bergel resaltó que: "con las inundaciones se hicieron realidad los reiterados y siempre desoídos vaticinios de científicos, especialistas vecinos y asambleas barriales, acerca de la construcción indiscriminada y el avance sobre los espacios verdes. Esta catástrofe pone en evidencia los límites del actual paradigma y obliga a iniciar un proceso de deconstrucción y reconstrucción del modelo de ciudad contemporánea".
Artículo 1°.- Deróguense las leyes 4.476 y 4.477.
Art. 2°.- Desaféctese del distrito de zonificación Urbanización Futura-UF del Código
de Planeamiento Urbano al polígono delimitado por el eje de la calle Donato
Álvarez, eje de la calle Bacacay, por éste hasta la línea divisoria de la
manzana 40 y manzana 39b Sección 57 Circunscripción 5, por ésta hasta la línea
divisoria de las Manzana 50 y Manzana 39b Circunscripción 5, por ésta hasta el
eje de la calle O. V. Andrade, por éste hasta su intersección con la línea
divisoria de la Fracción J y la Fracción I de la Manzana 39b Sección 57
Circunscripción 5, por ésta continua hasta la línea divisoria de la Fracción J
y Fracción E Manzana 39b Circunscripción 5, por ésta continuando por la línea
divisoria entre el distrito E4-57 y la Fracción I Manzana 39b Sección 57
Circunscripción 5, por éste hasta el eje de la calle Martín de Gainza, por éste
y su prolongación virtual hasta la línea divisoria de la Manzana 39b con las
Manzanas 101 y 38b Sección 57 Circunscripción 5 hasta la línea divisoria de la
Parcela 65b Manzana 38 b con la Fracción A de la Manzana 38b Sección 57
Circunscripción 5 hasta el eje de la calle Yerbal, por éste hasta la línea
divisoria de la Fracción A Manzana 38b con la Parcela 12 de la Manzana 38b
Sección 57 Circunscripción 5, por ésta hasta la línea divisoria de la Manzana
39b con las Manzanas 38b y 38a Sección 57 Circunscripción 5, por ésta hasta su
intersección con el eje de la calle Donato Álvarez.
Art. 3°.- Aféctese el polígono del artículo segundo a la zonificación UP
(Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento
Urbano (Ley 449).
Art. 4°.- Desaféctense: del distrito de zonificación Urbanización Futura UF del
Código de Planeamiento Urbano las Fracciones C y H de la Manzana 64A Sección 95
Circunscripción 1.
Art. 5°.- Aféctese el polígono del artículo cuarto a la zonificación UP
(Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento
Urbano (Ley 449).
Art. 6°.- Desaféctese del distrito de zonificación Urbanización Futura-UF del Código
de Planeamiento Urbano al polígono delimitado por el eje de la Av. Juan B.
Justo, entre el eje de la calle Paraguay y el eje de la calle Honduras,
continuando por éste hasta el eje de la calle Darwin, por éste y su
prolongación virtual hasta el eje de la calle Niceto Vega, por éste hasta el
eje de la calle Darwin, continuando por la línea divisoria de la Manzana 22 y
la Manzana 21 Sección 19 Circunscripción 18, continuando por el eje de la calle
Atacalco, por éste hasta la línea divisoria de la Manzana 56 y Manzana 55
Sección 19 Circunscripción 18, por éste hasta el eje de la calle Costa Rica,
por éste hasta el eje de la calle Godoy Cruz, por éste hasta el eje de la Av.
Santa Fe y por éste hasta su intersección con el eje de la Av. Juan B. Justo.
Art. 7°.- Aféctese el polígono del artículo sexto a la zonificación UP
(Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento
Urbano (Ley 449).
Art. 8°.- Desaféctanse de sus respectivos distritos de zonificación las áreas
desafectadas al uso ferroviario, propiedad del Estado Nacional, comprendidas en
el polígono: Av. Juan B. Justo, Santa Fe, Godoy Cruz y Paraguay.
Art. 9°.- Aféctese el polígono del artículo octavo a la zonificación UP
(Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento
Urbano (Ley 449).
Art. 10°.- Desaféctase de su actual destino al Distrito E4-9 de Zonificación del
Código de Planeamiento Urbano, delimitado por las Avenida Coronel Roca, su
continuación por la Avenida Intendente Rabanal, la calle Pergamino, la Avenida
27 de Febrero y la Autopista Presidente Héctor J. Cámpora (AU-7), cuya
nomenclatura catastral es Circunscripción: 1; sección: 58; parte de la Manzana:
14F ,
Art. 11°.- Aféctese el polígono del articulo decimo a la zonificación UP (Urbanización
Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449).
Art. 12°.- Cúmplase con lo establecido por los artículos 89 y 90 de la CCABA.
Comuníquese.
FUNDAMENTOS
Hay que
barajar y dar de nuevo. Con las monumentales y trágicas consecuencias del
temporal que azotó a la Ciudad y a la provincia de Buenos Aires, se hicieron
realidad
los reiterados vaticinios tanto de científicos y
especialistas como de vecinos, organizaciones sociales y asambleas
barriales -que nunca fueron escuchados- en relación a la problemática de la
construcción indiscriminada, la urbanización irracional y el avance sobre los
espacios verdes absorbentes. La ignorancia sistemática de un ordenamiento
y diseño territorial acorde con las leyes de la naturaleza, en toda la
geografía nacional y en las áreas metropolitanas, llevó a esta catástrofe
anunciada, que pone en evidencia los límites del actual paradigma y obliga a
iniciar un camino de deconstrucción y reconstrucción que será largo, pero debe
comenzar de inmediato.
No
podemos permanecer impávidos ante la indiscutible realidad. Estamos obligados a
realizar una reflexión y una acción auto-crítica y
rectificadora de muchas de las normas que fueron aprobadas por esta
Legislatura que alentaron el mero negocio inmobiliario. Que fomentan el avance
del cemento sobre tierras públicas impermeabilizando más los suelos con los
resultados ya conocidos. Necesitamos cambiar el rumbo, mostrar que hemos receptado
el impacto de esta terrible tragedia. Más allá de actuar en la reparación
inmediata de los devastadores efectos, es momento de iniciar un camino que
garantice un Nunca Más en las tragedias que solo podrán evitarse cambiando
integralmente de paradigma civilizatorio.
Por
ello es que el presente proyecto de ley pretende derogar un conjunto de leyes
que suponen la construcción e impermeabilización de decenas y decenas de
hectáreas de tierra pública. La mayoría de ella estaba destinada para proyectos
relacionados con la creación de grandes superficies de espacios verdes
absorbentes y reguladores, como las playas ferroviarias desafectadas
y el Corredor Verde del Oeste. Otro ejemplo es la ley que aquí
se propone derogar que autorizó la construcción de un shopping que
actualmente construye el grupo IRSA en Palermo, predio que formaba parte del
denominado “Proyecto Lago Pacífico” que actuaba como lago regulador ante las
frecuentes inundaciones de la zona. También la impermeabilización de 37 has del
Parque Roca en el Sur de la Ciudad que permite la concesión autorizada a un
privado en otra ley que el presente proyecto deroga.
Es
nuestra obligación asumir nuestra responsabilidad, hacernos cargo de lo que nos
toca. Debemos retomar una planificación urbana destinada al interés general y
que no sea guiada desde la especulación inmobiliaria. La “reconstrucción”
también tiene que ver con revisar nuestras acciones como cuerpo
legislativo. Lejos de ser el final de un camino, es apenas el preámbulo de
un nuevo camino para la ciudad y la patria toda, más allá de cualquier color
partidario.
Por
todo ello es que pido el acompañamiento al presente proyecto de ley.
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