sábado, noviembre 30, 2013

SHOPPING / CEPO / DEFENSORIA

  Proto Comuna Caballito
                         Hechos. No palabras

Amig@s y vecin@s;    

                                                  
          Miercoles 4 de Diciembre
                                          
                      19 horas
                                 
              Acoyte y Rivadavia

No al Shopping sin estudios de Impacto Ambiental
                      ni participación ciudadana
                              (Los esperamos)

                                El proximo jueves 5 de diciembre, desde las 12 horas, se trataran en la legislatura de la Ciudad , Peru 160, varias leyes de singular importancia para nuestro futuro. Entre otras larezonificacion de un terreno en Caballito para la construccion de un Shopping. El Plan Maestro de la Comuna 8 y la Ley de estacionamiento medido en los barrios.

                                Creemos que la aprobación de estos proyectos es negativa para la calidad de vida de los vecinos de Buenos Aires. Al final de este correo encontraran la “Observación” al proyecto del Shopping presentada por el Diputado Pablo Bergel. Que engloba las criticas al proyecto. Asimismo siguiendo el vinculo podran apreciar la intervención de Gustavo Desplats en la Comisionde Planeamiento Urbano de la Legislatura de la Ciudad cuando se trato el tema:



A PAGAR MI AMOR. VAMOS A PAGAR MI AMOR. LA BESTIA PRO

                                El PRO avanza con un proyecto para expandir los parquímetros de 8 mil a 160 mil en toda la Ciudad y para estatizar el servicio de grúas y acarreo de automóviles en infracción.
                               Con esta ley, la Ciudad quedará dividida en cinco zonas y las calles tendrán diferentes tarifas: para las zonas de mayor tránsito se pagará $6 la primera hora, $8 la segunda, $10 la tercera y $12 la cuarta y las horas siguientes.
                               Para otras zonas habrá una tarifa de $6 pesos. En cuanto a los vecinos que vivan en cuadras con parquímetros, podrán tramitar una oblea que los habilita a estacionar gratis, siempre que la tarifa sea sencilla. De lo contrario, abonarán el 50% de la tarifa progresiva.
                               La ley macrista sólo es recaudatoria y alimenta un gran negocio privado, ya que la tarifa mínima se iría de 1.40 a 5 pesos y la progresiva hasta 16 pesos

             


DEL RIOBA A LA DEFENSORIA

                          Por ultimo con gran orgullo les queremos comentar que Gustavo Desplats, cofundador y coordinador de Proto Comuna Caballito desde hace 10 años, se ha postulado a Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. Siguiendo el vinculo podran  escuchar sus palabras en la Audiencia Publica que se realizo en el salon dorado de la legislatura el 29 de noviembre del corriente:



                         
Desplats, firmo el compromiso “Todos somos defensores”

Carta-compromiso Todos somos Defensores y Defensoras del Pueblo
Los abajo firmantes, candidatos a la Defensoría del Pueblo, rechazamos los canjes de votos por cargos y nos comprometemos a defender los derechos del pueblo, denunciar judicialmente toda violación a las garantías constitucionales y ejercer un verdadero control sobre los poderes y los funcionarios de la Ciudad y las empresas de servicios públicos.
Nos comprometemos a cumplir el art. 137 de la Constitución de la Ciudad , que como misión de la Defensoría establece “la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos e intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución Nacional , las leyes y esta Constitución, frente a los actos, hechos u omisiones de la administración o de prestadores de servicios públicos”.
Asimismo, nos comprometemos a mantener la Defensoría del Pueblo alejada de cualquier injerencia gubernamental o político-partidaria, y en estricto apego a las organizaciones vecinales y de la sociedad civil; a realizar toda acción institucional para evitar la violación de derechos aunque implique confrontar con el Poder Ejecutivo; a impulsar la apertura de una defensoría en cada comuna; a promover la participación y la capacitación vecinal, y a convocar a las organizaciones sociales de la Ciudad a un consejo consultivo periódico para mejorar entre todos las acciones a seguir.

          Pueden seguir este vinculo para tener mas información:   http://youtu.be/ZO31x8etPHo



Carta de apoyo al gobernador Bonfatti

Por ultimo los invitamos a seguir este vinculo para poder apreciar la lectura de Gustavo Desplats de parte de la carta que los dirigentes de UNEN y del Frente Progresista Civico y Social bonaerense le enviaron al gobernador de la provincia de Santa Fe, Antonio Bonfatti. En ocasión del atentado contra su domicilio particular:
                                                      



              Cesar Buitrago

         Prensa Proto Comuna Caballito   
                                                                                    
  Informes:    15-3833-8491      4903-7444



OBSERVACIÓN DEL DIPUTADO BERGEL
AL DESPACHO  0488/13


Visto:

            El Despacho  0488/13 de la Comisión de Planeamiento urbano, que consta en los expedientes  1.604-J-2011 y 2.513-J-2013, el cual propone normas urbanísticas especiales para un predio de dominio privado dentro de los términos de la Sección 9 del Código de Planeamiento Urbano.

Considerando:

            Que el proyecto de Ley que aquí se trata tiene por objeto proponer Normas Urbanísticas Especiales para un predio de dominio privado dentro de los términos de la Sección 9 del Código Planeamiento Urbano. Procedimiento de Modificaciones al Código, Plan de detalle, parágrafo 9.1.2.2.

            No se desprende del proyecto de ley ni de sus fundamentos iniciativa alguna impulsada por conjunto de personas titulares de dominio que solicitan el dictado de normas urbanísticas especiales para el predio en cuestión. Por lo cue el encuadre propuesto no resultaría adecuado.

Que para este caso, otro encuadre posible estaría contemplado por el Código en su Sección 8, Renovación Urbana, mediante los convenios urbanísticos generales, descriptos en el parágrafo 8.4.1 como: “Los acuerdos celebrados entre organizaciones de la administración de la Ciudad entre sí o con otras organizaciones gubernamentales o particulares para la realización de los objetivos enunciados en el Art. 8.1.2 ….”, “… relativos a cualquier sector de la Ciudad.”

Que el procedimiento para tramitar este tipo de convenios incluye la presentación de una propuesta de desarrollo y minuta de convenio acompañada de un Estudio de Impacto Ambiental, por parte del interesado, para ser evaluada por las áreas competentes del Poder Ejecutivo, verificando su pertinencia con el Plan Urbano Ambiental, Realizando consultas a entidades vecinales, profesionales y académicas que se consideren convenientes. Para finalmente expedirse a favor o en contra de la propuesta.
En caso de considerarla viable, el procedimiento contempla la convocatoria a una Audiencia Pública y la elaboración de un informe final aconsejando o rechazando la suscripción del convenio por parte del Poder Ejecutivo, que, en caso afirmativo remitirá el mismo a la Legislatura para su tratamiento.

Que en caso de haberse seguido ese camino se podría dar satisfacción a gran parte de las solicitudes de varios legisladores de un estudio dominial y de Impacto Ambiental antes de la consolidación de la normativa.
En rigor a la verdad la solicitud escuchada en la Comisión de Planeamiento Urbano consistía en la presentación de un estudio de Impacto Ambiental elaborado por una universidad pública. A cargo de la Ciudad de Buenos Aires y que se realizara teniendo en cuenta de manera estratégica la totalidad de la superficie de la Comuna 6.

Que en el expediente no obra ningún tipo de informe sobre las sucesivas transferencias de dominio o estudio de títulos que aclare cómo fue posible que un predio, perteneciente originalmente al dominio público del Estado Nacional Argentino, pasara a domino de la empresa que pasaría a disfrutar de los beneficios a otorgar por esta ley.

Que en el sentido advertido, una Asamblea de socios del Club Ferro Carril Oeste, tenedor del predio en cuestión en carácter no debidamente acreditado, aprobó su "venta". Supuestamente el predio había sido "comprado" al ferrocarril por el Club.

Que de lo hasta aquí analizado se infiere que el Poder Ejecutivo a su sola iniciativa propone un cambio de normativa para un predio de dominio privado sin fundamentarlo mediante estudio urbano ambiental alguno, que de cuenta de la necesidad de la modificación planteada y de los parámetros urbanísticos formulados, y sin contar con propuesta de desarrollo alguna del titular del dominio.

           En relación al impacto que produciría este emprendimiento corresponde mencionar que el artículo 30º de la ley 123 de Evaluación de Impacto Ambiental establece “...la obligatoriedad de la evaluación previa del impacto ambiental de todo emprendimiento público o privado susceptible de relevante efecto y su discusión en audiencia pública”. Por su parte el artículo 7º de la Ley N º 452 define entre las actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos que se presumen como de Impacto Ambiental con Relevante Efecto, a “d) Los supermercados totales, supertiendas,centros de compras.; f) Las obras proyectadas sobre parcelas de más de 2.500 metros cuadrados que requieran el dictado de normas urbanísticas particulares”.

Si bien la audiencia pública a la que refieren las normas arriba citadas se realiza habitualmente como parte del proceso de aprobación de obras, cabe recordar que el artículo 63 de la Constitución de la Ciudad establece que “ La Legislatura , el Poder Ejecutivo o las Comunas pueden convocar a audiencia pública para debatir asuntos de interés general de la ciudad o zonal, la que debe realizarse con la presencia inexcusable de los funcionarios competentes. La convocatoria es obligatoria cuando la iniciativa cuente con la firma del medio por ciento del electorado de la Ciudad o zona en cuestión.También es obligatoria antes del tratamiento legislativo de proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos industriales o comerciales, o ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos.” Esta audiencia es previa a la que fija el artículo 90 de la referida Constitución.

En virtud de lo expuesto se entiende que correspondería  la realización de la audiencia pública prevista en el artículo 63 de la Constitución de la Ciudad , para la evaluación del emprendimiento propuesto tanto desde lo ambiental como desde lo urbanístico, social y económico, con anterioridad al tratamiento del proyecto 2513-J-2013 y que el mismo sea analizado en conjunto con el proyecto a desarrollarse en la Playa Caballito.  

Que por último se quiere dejar en claro que la incorporación en el  texto normativo de una modesta contraprestación por parte del privado en nada satisface los requerimientos de realización de los estudios ambientales, de estudio de la situación dominial del predio y de la falta de ejecución de herramientas de participación establecidas en nuestro andamiaje normativo.
                       
Por lo expuesto, se observa el despacho  0488/2013 y se sugiere:

            Resolución: Artículo 1°.- Archívese.

                                Art. 2°.- Comuníquese, etc.

viernes, noviembre 29, 2013

Carta de apoyo a Antonio Bonfatti

Gustavo Desplats, postulante a Defensor del Pueblo de la Ciudad de buenos Aires, lee la carta de apoyo y solidaridad de los dirigentes del Frente progresista Cívico y Social y de UNEN al Gobernador de la provincia de Santa Fe, Antonio Bomfatti. El 23 de octubre de 2013 en la puerta de la Casa de Santa Fe en la Ciudad de Buenos Aires

Desplats presenta su postulacion a Defensor del Pueblo

Gustavo Desplats, coordinador de Proto Comuna Caballito, realiza en el salon Dorado de la Legislatura porteña su presentacion como postulante a Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires


jueves, noviembre 28, 2013

Proyecto shopping Caballito. Desplats en la Legislatura

El proyecto se tratara nuevamente el lunes 1 de diciembre de 2014 a las 10,30 horas en la Legislatura de la Ciudad, Salon Presidente Raul Alfonsin

sábado, octubre 19, 2013

BUENOS AIRES 3X1

Proto Comuna Caballito
                         Hechos. No palabras

Amig@s y vecin@s;              
                               
                                Los invitamos a participar de Buenos Aires 3x1, y les rogamos que difundan a sus contactos. Desde ya muchas gracias.


               Lic. Gustavo Desplats

  Coordinador Proto Comuna Caballito   

                                                                                                               
                 Informes:    15-3833-8491      4903-7444


BUENOS AIRES 3X1

NO a los Shopping
NO a la venta de Tierras Públicas
NO al tratamiento en el período legislativo del 2013 de las leyes cuestionadas

SI A LA CONSULTA COMUNAL Y POPULAR


Autoconvocatoria para definir acciones conjuntas


Nos Autoconvocamos
este MARTES 22 DE OCTUBRE A LAS 19:30 HS.
en el Hotel Bauen (Salón Consular  2, 1° Piso)
ubicado en la calle Callao  360

         Los/as abajo firmantes nos expresamos en rechazo a un paquete de proyectos de leyes que la Legislatura de la Ciudad (adjuntamos la individualización de cada uno de los mismos) se encuentra actualmente tratando y que serían aprobados antes de fin de año en el marco del recambio de 30 legisladores y la votación de muchos cargos en distintos organismos de la Ciudad. Que servirían de compensación por el voto a estas nefastas iniciativas.

         Estos proyectos están dirigidos a privatizar los bienes comunes y públicos. Autorizar la venta de decenas de inmuebles de la Ciudad. A permitir la concentración del territorio y del comercio en pocas manos. Incrementar el endeudamiento de la Ciudad. Profundizar la especulación inmobiliaria y a liberar al Poder Ejecutivo de restricciones y controles para permitir mayor discrecionalidad para continuar con el negocio de las obras públicas.

         Por estos motivos: CONVOCAMOS a todos los sectores políticos, asambleas, organizaciones sociales, ong´s, sindicatos, centros culturales, clubes y ciudadanxs a consolidar nuestros lazos de resistencia y propuestas alternativas para nuestra Ciudad. Y a pensar y DEFINIR EN CONJUNTO ACCIONES. 


Firmantes:

Encuentro por el Corredor Verde del Oeste
Asociación Vecinal Lago Pacífico
Proto Comuna Caballito
CTA Territorial Comuna 6
Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA)
Movimiento Comunero
Colectivo por la Igualdad en el Partido Social
Partido Proyecto Sur
Partido GEN
Partido Social de la Ciudad
Partido Camino Popular
Partido Sumar Izquierda Democrática
Corriente Unidad Sur
Martín Iommi – Integrante de la Junta Comunal  6
Miguel Vayo – Integrante de la Junta Comunal  4
Diputado de la Ciudad Pablo Bergel
Diputado de la Ciudad Rafael Gentilli
Diputado de la Ciudad Alejandro Bodart
Diputado de la Ciudad Adrián Camps
Unión de Comerciantes, Profesionales e Industriales de Villa del Parque Asociación Comerciantes, Industriales, Profesionales y Vecinos de Avenidas Córdoba, Callao y aledaños.
Cámara de Comercio, Industriales, Profesionales y Vecinos de Caballito
Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA)

PROYECTOS DE LEYES EN TRATAMIENTO EN LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD


1) Proyecto de Ley: 3283-J-2012. Zonificación para la construcción del complejo inmobiliario Solares de Santa María por la empresa IRSA.

2) Proyecto de ley: 2513-J-2013. Rezonificación de terrenos en Caballito para autorizar a Irsa la Construcción de un Shopping.

3) Proyecto de Ley: 3257-D-2012. Plan Maestro para la Comuna 8.

4) Proyecto de ley: 1770-D-2012. Autorización para permitir la explotación de parques y plazas a través de permisos para confiterías y Bares.

5) Proyecto de Ley: 3429-D-2012. Proyecto de Polo Audiovisual en la  Isla Demarchi.

6) Proyecto de Ley: 2157-J-2013. Extensión de la Diagonal Sur.

7) Proyecto de Ley: 467-E-2013. Iniciativa Privada para la construcción del “Centro Metropolitano Audiovisual” en “El Dorrego”.

8) Proyecto de ley: 2511-J-2013. Declaración de innecesarios para la Ciudad de 40 inmuebles y se ordena su venta.

9) Proyecto de ley: 2130-J-2013. Autorización para endeudamieno para la adquisición de 105 coches para la Línea A del Subte.

10) Proyecto de Ley: 2568-J-2013. Autorización para la destrucción del Velódromo del Parque 3 de Febrero.

11) Proyecto de Ley: 2188-J-2013. Creación de una ley de promoción de las Actividades de Diseño de la Ciudad (Distrito del Diseño).

12) Proyecto de ley: 114-D-2013. Régimen General sobre concesiones permisos de uso y asignación a actividades estatales de los denominados bajo de autopista.

13) Proyecto de ley: 2516-J-2013. Modifica artículos de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad.

14) Proyecto de ley: 2077-J-2013. Aprueba la propuesta de la empresa Alvear Palace Hotel S.A. para el desarrollo de una playa de estacionamiento subterránea que comprende el Parque Mujeres Argentinas.

15) Proyecto de ley: 2512-J-2013. Declaración de innecesario para la Ciudad y se ordena la venta del inmueble sito en la Calle Carlos Pellegrini  313/317/321/323. En este inmueble funcionan algunas dependencias del Ministerio de Salud.

16) Proyectos de Ley: 791-D-2013, 815-D-2013 y 797-D-2013.  Proyectos que derogan  las leyes 4.474, 4.475 y 4.476 y 4477. No al tratamiento del despacho en mayoría que firmaron el bloque del Pro y de los K pidiendo el archivo de estos proyectos.

17) Proyecto de ley:  3566-J-2012. Concesión del Servicio Público de Estacionamiento Regulado.

18) Proyecto de ley: 2515-J-2013. Modifica artículos de la Ley N° 2.809 que regula el régimen deRedeterminación de Precios aplicables a los contratos de obra pública.

19) Proyecto de ley: 2487-J-2013. Inclusión de nuevos términos técnicos del Código de Planeamiento Urbana sobre Estaciones de Transporte Público.

20) Proyecto de ley: 2509-J-2013. Modifica del Art. 12 de la Ley Nº 52/98 sobre herencias vacantes.

21) Proyecto de ley: 2510-J-2013.  Modifica varios artículos de la ley  2.264.- Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinado a estimular e incentivar la participación privada en el financiamiento de proyectos culturales

22) Proyecto de ley: 2517-J-2013. Modifica el Decreto  1.510/97 a fin de incorporar el Expediente Electrónico y la notificación electrónica.

23) Proyecto de ley: 2518-J-2013. Incorpora la regulación normativa de los documentos electrónicos y la infraestructura de la firma digital.

24) Proyecto de ley: 2569-J-2013. Declaración de interés público de obras a ser construidas por AUSA.

25) Proyecto de ley: 2377-D-2013. Crea la figura de Higiene urbana y afecta a dicho distrito numerosos predios de la Ciudad.

26) Proyecto de ley: 2413-D-2013. Creación de un nuevo Centro de exposiciones y convenciones.

27) Proyecto de ley: 2359-D-2013Otorga permiso de uso a la Asociación Golf Club José Jurado en el  Parque las Victorias.

28) Proyecto de Ley: 2564-E-2013. Modificación a la Ley de Faltas  451.

29) Proyecto de ley: 2534-D-2013. Modificación a la ley  2.936 que regula la Publicidad Exterior

30) Proyecto de ley: 98-D-2013.  Regula el proceso de urbanización y radicación del “Barrio 31 CarlosMugica” (Ex Villa 31 y 31 bis),. No al tratamiento de las propuestas del Pro y el bloque K que quieren realizar modificaciones que desvirtúan del derecho a la radicación definitiva y a la re-urbanización del barrio.

31) Proyecto de ley: 2567-E-2013. Autorización para instrumentar contratos y obras para el método de separación mecánico biológica por 10 a 20 años.

32) Proyecto de ley: 873-D-2013. Zonificación especial para los Clubes de Barrio.

33) Proyecto de ley: 764-D-2013. Protección de las calles con adoquines de piedra.

34) Proyecto de ley: 2545-D-2013. Ley de Reforma Tributaria.

35) Proyecto de ley: 2555-D-2013.  Otorga a ALEARA (Sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar, Entretenimiento, Esparcimiento, Recreación y Afines de la República Argentina ) el uso gratuito del predio sito en la calle Moreno  330.

36) Proyecto de ley: 2535-D-2013.  Regulación de las  vidrieras en los locales comerciales.

37) Proyecto de ley: 2536-D-2013.  Modificación de la Ley de Publicidad Exterior. 

lunes, septiembre 30, 2013

Participar una obligacion

  Proto Comuna Caballito
                         Hechos. No palabras

Amig@s y vecin@s;               

Se pretende derogar un conjunto de leyes que suponen la construcción e impermeabilización de 100 hectáreas de tierra pública.
La mayoría de ella estaba destinada originariamente para proyectos relacionados con la creación de grandes superficies de espacios verdes absorbentes y reguladores, como el Corredor Verde del Oeste.

El miércoles 2 de octubre a las 13 hs La Comisión de Planeamiento Urbano de la Legislatura de la Ciudad, Peru 160 CABA, llevará a cabo una reunión de Diputados, en el salón Montevideo, a los efectos de considerar entre otros proyectos las iniciativas parlamentarias de los diputados Bergel y Basteiro (proyectos 797-D-2013 y 815-D-2013) que piden derogar la ley 4.476 de creación de la playa de transferencia de cargas de Lugano que plantea la impermeabilización de 37 has del Parque Roca en el Sur de la Ciudad. Y la Ley 4477 que habilita las construcciones en las playas del FFCC en Palermo, Liniers y Caballito.  
Suman mas de 100 manzanas que se entregaron a fines del año pasado a la especulación inmobiliaria y la cementacion. Se pide que sean parques y espacios publicos absorbentes.

Es fundamental la presencia vecinal para impulsar estos proyectos. El reglamento de la Legislatura permite a los vecinos participar en la primera media hora para opinar sobre los proyectos en tratamiento.

El proyecto unificado de los diputados Pablo Bergel (bloque Proyecto Sur) y Fabio Basteiro (bloque Buenos Aires para Todos), piden derogar las leyes, 4.476 y 4477 , (El corazon del Pacto PRO K)  y cuentan asimismo con el apoyo de los bloques de la Coalision Civica y del MST.

PROYECTO DE LEY

Artículo 1°.- Deróguense las leyes  4.476 y 4.477.
  
Art. 2°.- Desaféctese del distrito de zonificación Urbanización Futura-UF del Código de Planeamiento Urbano al polígono delimitado por el eje de la calle Donato Álvarez, eje de la calle Bacacay, por éste hasta la línea divisoria de la manzana 40 y manzana 39b Sección 57 Circunscripción 5, por ésta hasta la línea divisoria de las Manzana 50 y Manzana 39b Circunscripción 5, por ésta hasta el eje de la calle O. V. Andrade, por éste hasta su intersección con la línea divisoria de la Fracción J y la Fracción I de la Manzana 39b Sección 57 Circunscripción 5, por ésta continua hasta la línea divisoria de la Fracción J y Fracción E Manzana 39b Circunscripción 5, por ésta continuando por la línea divisoria entre el distrito E4-57 y la Fracción I Manzana 39b Sección 57 Circunscripción 5, por éste hasta el eje de la calle Martín de Gainza, por éste y su prolongación virtual hasta la línea divisoria de la Manzana 39b con las Manzanas 101 y 38b Sección 57 Circunscripción 5 hasta la línea divisoria de la Parcela 65b Manzana 38 b con la Fracción A de la Manzana 38b Sección 57 Circunscripción 5 hasta el eje de la calle Yerbal, por éste hasta la línea divisoria de la Fracción A Manzana 38b con la Parcela 12 de la Manzana 38b Sección 57 Circunscripción 5, por ésta hasta la línea divisoria de la Manzana 39b con las Manzanas 38b y 38a Sección 57 Circunscripción 5, por ésta hasta su intersección con el eje de la calle Donato Álvarez.

Art. 3°.- Aféctese el polígono del artículo segundo a la zonificación UP (Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449).

Art. 4°.- Desaféctense: del distrito de zonificación Urbanización Futura UF del Código de Planeamiento Urbano las Fracciones C y H de la Manzana 64A Sección 95 Circunscripción 1.

Art. 5°.- Aféctese el polígono del artículo cuarto a la zonificación UP (Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449).

Art. 6°.- Desaféctese del distrito de zonificación Urbanización Futura-UF del Código de Planeamiento Urbano al polígono delimitado por el eje de la Av. Juan B. Justo, entre el eje de la calle Paraguay y el eje de la calle Honduras, continuando por éste hasta el eje de la calle Darwin, por éste y su prolongación virtual hasta el eje de la calle Niceto Vega, por éste hasta el eje de la calle Darwin, continuando por la línea divisoria de la Manzana 22 y la Manzana 21 Sección 19 Circunscripción 18, continuando por el eje de la calle Atacalco, por éste hasta la línea divisoria de la Manzana 56 y Manzana 55 Sección 19 Circunscripción 18, por éste hasta el eje de la calle Costa Rica, por éste hasta el eje de la calle Godoy Cruz, por éste hasta el eje de la Av. Santa Fe y por éste hasta su intersección con el eje de la Av. Juan B. Justo.

Art. 7°.- Aféctese el polígono del artículo sexto a la zonificación UP (Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449).

Art. 8°.- Desaféctanse de sus respectivos distritos de zonificación las áreas desafectadas al uso ferroviario, propiedad del Estado Nacional, comprendidas en el polígono: Av. Juan B. Justo, Santa Fe, Godoy Cruz y Paraguay.

Art. 9°.- Aféctese el polígono del artículo octavo  a la zonificación UP (Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449).

Art. 10°.- Desaféctase de su actual destino al Distrito E4-9 de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, delimitado por las Avenida Coronel Roca, su continuación por la Avenida Intendente Rabanal, la calle Pergamino, la Avenida 27 de Febrero y la Autopista Presidente Héctor J. Cámpora (AU-7), cuya nomenclatura catastral es Circunscripción: 1; sección: 58; parte de la Manzana: 14F ,

Art. 11°.- Aféctese el polígono del articulo decimo a la zonificación UP (Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449).

Art. 12°.- Cúmplase con lo establecido por los artículos 89 y 90 de la CCABA. Comuníquese. 


FUNDAMENTOS

 Por una lógica de expansión urbana que ha hecho caso omiso de las condiciones naturales de base sobre las que se edifica el hecho urbano, la Ciudad de Buenos Aires ha promovido la inclusión dentro del mercado inmobiliario de grandes porciones del territorio que originariamente constituían los valles de inundación de los cursos de agua que atraviesan el mismo.

Este proceso se fue profundizando en las últimas décadas, con el agravante de que la consolidación y densificación de esta expansión urbana ha ido generando la paulatina impermeabilización no solo de estos valles de inundación sino también de las partes altas de sus cuencas, lo cual ha variado significativamente los índices de escorrentía de las aguas incrementando la carga sobre el sistema de desagües. Aprovechando estos cursos se ha montado originalmente la estructura básica del sistema pluvial, incluso siguiendo el recorrido gravitacional de las aguas hasta conectar con estos cursos de agua, originalmente a cielo abierto, y luego entubados conformando las actuales cañerías troncales.

Concomitantemente con lo expresado, además se ha incrementado significativamente la densidad poblacional en estas zonas, en principio atraídos por los bajos precios de la tierra y la cercanía a los principales ejes de transporte. Este proceso, a su vez, generó un plusvalor que ha hecho aún más interesante  para el mercado inmobiliario a estas zonas, por lo cual la actividad edificatoria se ha concentrado en estas y en sus adyacencias, conformando un eje de fuerte dinámica social, comercial e inmobiliaria. Una de las consecuencias de esta fuerte densificación es la aparición de altas torres de vivienda y, debido al excepcional aumento del parque automotor individual, la incorporación de cocheras para automóviles que, por un aprovechamiento de la capacidad constructiva, se materializan en muchos casos en subsuelos bajo nivel, por lo cual se afectan las corrientes de aguas subterráneas y su capacidad de drenaje, lo cual a su vez perjudica la capacidad de absorción de los terrenos.

Al ir ocupándose la tierra vacante y ser necesarias nuevas superficies de tierra para cubrir nuevas demandas de equipamiento urbano generados por el crecimiento poblacional del conjunto metropolitano, se han ido realizando rellenos costeros sobre el Río de la Plata que han prolongado en tramos importantes el curso de los mismos hasta llegar a su desembocadura, y esa mayor prolongación del recorrido se realiza con una escasa pendiente, por lo cual el caudal disminuye y consecuentemente lo hace el volumen de agua evacuada, y esto provoca el anegamiento en estas zonas. Estos problemas se agravan al producirse otro hecho natural, que es el efecto de “taponamiento” de descarga de estos cursos de agua por la crecida del nivel del Río de la Plata durante las sudestadas.

Paralelamente, las redes de infraestructura que cubren estas áreas urbanas no han recibido adecuaciones o modificaciones que acompañaran los grandes cambios acaecidos tanto en los recorridos de los cursos de agua o la condición absorbente y de retención de agua de los terrenos, por lo cual esa mayor carga resultante sobre el sistema, en condiciones meteorológicas poco excepcionales, provoca que el mismo colapse tanto en la cuenca baja como en las zonas de aporte.

Estos hechos, más una deficiente gestión de riesgos y manejo de emergencias, explican porqué el fenómeno de las inundaciones, antes de alcance limitado en sus consecuencias en las zonas hoy afectadas, en el presente tengan efectos catastróficos, como lo ha demostrado la tormenta acaecía el pasado 2 de abril, con una cifra de 6 personas fallecidas y con alrededor de 350 personas afectadas por los efectos del temporal, y como también se ha visto en otros hechos similares acaecidos a lo largo de los últimos años.

Más allá de las obras destinadas a la remediación y mitigación de estos problemas, así como del necesario ajuste de los sistemas de gestión para prevenir y atenuar sus efectos, un capítulo fundamental en la resolución de este problema es el relativo a una adecuada planificación del crecimiento urbano, y en particular en los aspectos relativos a la ocupación del territorio. Como se señalara, la preocupación por realizar una planificación urbana que tuviera en cuenta los aspectos propios del medio natural no fue el leit motiv que guió a los redactores de los Códigos de Planeamiento Urbano de 1977 ni del año 2000, y de hecho con la aparición del mismo se ha avanzado sobre la expansión y consolidación de áreas que, décadas anteriores, se encontraban ex profeso ocupadas por espacios verdes o con densidades muy bajas de población. Los casos más notorios de esto son el del Parque Alte. Brown, que ocupaba gran parte de la zona aluvial del Riachuelo, con frecuentes anegamientos, parte del cual hoy se ha desafectado y ocupado para fines habitacionales, o la consolidación urbana y elevado crecimiento poblacional en la zona del curso bajo de los arroyos Vega y Medrano, así como también el aumento de las densidades en las zonas de valle donde transcurren estos cursos de agua, y la ocupación de áreas absorbentes libres, ahora vistas como “vacantes”, con usos que suponen una fuerte impermeabilización.

Con la intención de comenzar a rectificar ese desacertado rumbo en el proceso de planeamiento urbano, lo cual hoy lamentablemente se potencia al encontrarse ese proceso librado a la voracidad de las fuerzas del mercado, y a efectos de no proseguir incrementando los riesgos ambientales sobre la Ciudad por causa de deficientes previsiones urbanísticas, se propone la derogación de varias normas que han avanzado en la expansión y densificación urbana sobre zonas vitales para la regulación hidrológica del territorio de Buenos Aires, como lo son las grandes superficies del Centro de Concentración Logística Sur en el Parque Julio A. Roca y los playones ferroviarios de Palermo, Caballito y Liniers, cuyas leyes fueron sancionadas a pesar de la enorme oposición que recibieran estos proyectos en las correspondientes audiencias públicas.

En el primer caso, se trata de un predio de 37 hectáreas, de las cuales unas 35 ha. se prevé sean impermeabilizadas sin solución de continuidad para uso de galpones y playa de maniobra de vehículos. Este proyecto se ubica en el Sector A del Parque Polideportivo Julio A. Roca, integrante a su vez del Parque Alte. Brown, en adyacencias al Riachuelo y a la Autopista Presidente Campora. Más allá del desatino de convertir una porción de un parque en una playa para camiones, este proyecto supondrá un cambio abrupto a los aportes de agua caída sobre las redes de la zona en la zona de desagüe de parte del sistema pluvial del conjunto urbano de Villa Soldati, así como de varias manzanas del barrio ubicadas cercanas a la estación ferroviaria. Por otra parte, al proyectarse la elevación de las 37 ha. del terreno a una cota de 6 m sobre las calles adyacentes, se constituirá una enorme barrera para el escurrimiento de las aguas superficiales de la zona. En el expediente sometido al tratamiento legislativo solo figura un Estudio de Impacto Ambiental encargado por el mismo proponente del emprendimiento, que en sus escuetas 18 páginas ni siquiera toma en cuenta que efectos puede llegar a tener esta enorme impermeabilización del terreno.

Respecto a las playas ferroviarias, se trata de 3 terrenos que en total suman una superficie de 43 ha repartidas entre los barrios de Caballito, Palermo y Liniers en donde se prevé edificar unos 544.000 m2 en zonas con muy alto grado de consolidación. De la superficie total de estos terrenos se calcula que, entre la proyección de las torres a construir, sus patios, las veredas y calles a abrir, no menos de unas 15 hectáreas serán impermeabilizadas, lo cual constituye un número bastante importante en esas áreas de la ciudad en donde la densidad de ocupación ya era demasiado alta aún antes de aprobarse estas normas, lo cual se ve reflejado en la demanda sobre las redes de infraestructura. Esas 15 ha no contemplan otros proyectos que se están desarrollando en dos de esas playas, como el Polo Científico y Tecnológico en Palermo y un centro comercial en Caballito, por lo cual el grado de ocupación de estos terrenos libres será aún mayor. Como en el caso anterior, tampoco se dispone de una Evaluación de Impacto Ambiental de acuerdo al procedimiento  que prevé la Ley 123.

Hay que barajar y dar de nuevo. Con las monumentales y trágicas consecuencias del temporal que azotó a la Ciudad y a la provincia de Buenos Aires, se hicieron realidad los reiterados vaticinios tanto de científicos y especialistas como de vecinos, organizaciones sociales y asambleas barriales -que nunca fueron escuchados- en relación a la problemática de la construcción indiscriminada, la urbanización irracional y el avance sobre los espacios verdes absorbentes. La ignorancia sistemática de un ordenamiento y diseño territorial acorde con las leyes de la naturaleza, en toda la geografía nacional y en las áreas metropolitanas, llevó a esta catástrofe anunciada, que pone en evidencia los límites del actual paradigma y obliga a iniciar un camino de deconstrucción y reconstrucción que será largo, pero debe comenzar de inmediato.

No podemos permanecer impávidos ante la indiscutible realidad. Estamos obligados a realizar una reflexión y una acción auto-crítica y rectificadora de muchas de las normas que fueron aprobadas por esta Legislatura que alentaron el mero negocio inmobiliario. Que fomentan el avance del cemento sobre tierras públicas impermeabilizando más los suelos con los resultados ya conocidos. Necesitamos cambiar el rumbo, mostrar que hemos receptado el impacto de esta terrible tragedia. Más allá de actuar en la reparación inmediata de los devastadores efectos, es momento de iniciar un camino que garantice un Nunca Más en las tragedias que solo podrán evitarse cambiando integralmente de paradigma civilizatorio.

Por ello es que el presente proyecto de ley pretende derogar un conjunto de leyes que suponen la construcción e impermeabilización de decenas y decenas de hectáreas de tierra pública. La mayoría de ella estaba destinada para proyectos relacionados con la creación de grandes superficies de espacios verdes absorbentes y reguladores, como las playas ferroviarias desafectadas y el Corredor Verde del Oeste. Otro ejemplo es la ley que aquí se propone derogar que autorizó la construcción de un shopping que actualmente construye el grupo IRSA en Palermo, predio que formaba parte del denominado “Proyecto Lago Pacífico” que actuaba como lago regulador ante las frecuentes inundaciones de la zona. También la impermeabilización de 37 has del Parque Roca en el Sur de la Ciudad que permite la concesión autorizada a un privado en otra ley que el presente proyecto deroga.

Es nuestra obligación asumir nuestra responsabilidad, hacernos cargo de lo que nos toca. Debemos retomar una planificación urbana destinada al interés general y que no sea guiada desde la especulación inmobiliaria. La “reconstrucción” también tiene que ver con revisar nuestras acciones como cuerpo legislativo. Lejos de ser el final de un camino, es apenas el preámbulo de un nuevo camino para la ciudad y la patria toda, más allá de cualquier color partidario.

Por todo ello es que solicitamos el acompañamiento al presente proyecto de ley.   


lunes, septiembre 16, 2013

Derogación de las leyes del pacto PRO K

 Proto Comuna Caballito
                         Hechos. No palabras



Amig@s y vecin@s;

Piden derogar las leyes del Plan ProCREAR en estacion Saenz y estacion Buenos Aires. La de la playa de transferencia de cargas de Lugano. Y las de las construcciones en las playas del FFCC en Palermo, Liniers y Caballito. Suman mas de 120 manzanas que se entregaron a la especulación inmobiliaria y la cementecion. Se pide que sean parques y espacios publicos.

Es fundamental la presencia vecinal para impulsar estos proyectos


Nos dirigimos a Ud. con el fin de informarles que la Comisión de Planeamiento Urbano de la Legislatura de la Ciudad , llevará a cabo una Reunión de Asesores, el próximo miércoles 18 de septiembre a las 16:00 hs. en el Salón Arturo Jauretche, Peru 160 Planta Baja CABA, a los efectos de considerar entre otros proyectos las iniciativas parlamentarias de los diputados Basteiro y Bergel (proyectos 791-D-2013, 797-D-2013 y 815-D-2013). El proyecto deBasteiro pide derogar las leyes 4.476 y 4.477 y los de Bergel piden derogar las leyes 4.474, 4.475, 4.476 y 4.477. El corazon del Pacto PRO K.

Hay que barajar y dar de nuevo. Con las monumentales y trágicas consecuencias del temporal que azotó a la Ciudad y a la provincia de Buenos Aires el pasado 2 de abril, se hicieron realidad los reiterados vaticinios tanto de científicos y especialistas como de vecinos, organizaciones sociales y asambleas barriales -que nunca fueron escuchados- en relación a la problemática de la construcción indiscriminada, la urbanización irracional y el avance sobre los espacios verdes absorbentes. La ignorancia sistemática de un ordenamiento y diseño territorial acorde con las leyes de la naturaleza, en toda la geografía nacional y en las áreas metropolitanas, llevó a esta catástrofe anunciada, que pone en evidencia los límites del actual paradigma y obliga a iniciar un camino de deconstrucción y reconstrucción que será largo, pero debe comenzar de inmediato.

No podemos permanecer impávidos ante la indiscutible realidad. Estamos obligados a realizar una reflexión y una acción auto-crítica y rectificadora de muchas de las normas que fueron aprobadas por esta Legislatura que alentaron el mero negocio inmobiliario. Que fomentan el avance del cemento sobre tierras públicas impermeabilizando más los suelos con los resultados ya conocidos. Necesitamos cambiar el rumbo, mostrar que hemos receptado el impacto de esta terrible tragedia. Más allá de actuar en la reparación inmediata de los devastadores efectos, es momento de iniciar un camino que garantice un Nunca Más en las tragedias que solo podrán evitarse cambiando integralmente de paradigmacivilizatorio.

Por ello es que los proyectos de ley presentados por el diputado Bergel pretenden derogar un conjunto de leyes que suponen la construcción e impermeabilización de decenas y decenas de hectáreas de tierra pública. La mayoría de ella estaba destinada para proyectos relacionados con la creación de grandes superficies de espacios verdes absorbentes y reguladores, como las playas ferroviarias desafectadas y el Corredor Verde del Oeste. Otro ejemplo es la ley que aquí se propone derogar que autorizó la construcción de unshopping que actualmente construye el grupo IRSA en Palermo, predio que formaba parte del denominado “Proyecto Lago Pacífico” que actuaba como lago regulador ante las frecuentes inundaciones de la zona. También la impermeabilización de 37 has del Parque Roca en el Sur de la Ciudad que permite la concesión autorizada a un privado en otra ley que el presente proyecto deroga.



Lic. Gustavo Desplats

Coordinador Proto Comuna Caballito




Informes: 15-3833-8491 4903-7444