sábado, octubre 19, 2013

BUENOS AIRES 3X1

Proto Comuna Caballito
                         Hechos. No palabras

Amig@s y vecin@s;              
                               
                                Los invitamos a participar de Buenos Aires 3x1, y les rogamos que difundan a sus contactos. Desde ya muchas gracias.


               Lic. Gustavo Desplats

  Coordinador Proto Comuna Caballito   

                                                                                                               
                 Informes:    15-3833-8491      4903-7444


BUENOS AIRES 3X1

NO a los Shopping
NO a la venta de Tierras Públicas
NO al tratamiento en el período legislativo del 2013 de las leyes cuestionadas

SI A LA CONSULTA COMUNAL Y POPULAR


Autoconvocatoria para definir acciones conjuntas


Nos Autoconvocamos
este MARTES 22 DE OCTUBRE A LAS 19:30 HS.
en el Hotel Bauen (Salón Consular  2, 1° Piso)
ubicado en la calle Callao  360

         Los/as abajo firmantes nos expresamos en rechazo a un paquete de proyectos de leyes que la Legislatura de la Ciudad (adjuntamos la individualización de cada uno de los mismos) se encuentra actualmente tratando y que serían aprobados antes de fin de año en el marco del recambio de 30 legisladores y la votación de muchos cargos en distintos organismos de la Ciudad. Que servirían de compensación por el voto a estas nefastas iniciativas.

         Estos proyectos están dirigidos a privatizar los bienes comunes y públicos. Autorizar la venta de decenas de inmuebles de la Ciudad. A permitir la concentración del territorio y del comercio en pocas manos. Incrementar el endeudamiento de la Ciudad. Profundizar la especulación inmobiliaria y a liberar al Poder Ejecutivo de restricciones y controles para permitir mayor discrecionalidad para continuar con el negocio de las obras públicas.

         Por estos motivos: CONVOCAMOS a todos los sectores políticos, asambleas, organizaciones sociales, ong´s, sindicatos, centros culturales, clubes y ciudadanxs a consolidar nuestros lazos de resistencia y propuestas alternativas para nuestra Ciudad. Y a pensar y DEFINIR EN CONJUNTO ACCIONES. 


Firmantes:

Encuentro por el Corredor Verde del Oeste
Asociación Vecinal Lago Pacífico
Proto Comuna Caballito
CTA Territorial Comuna 6
Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA)
Movimiento Comunero
Colectivo por la Igualdad en el Partido Social
Partido Proyecto Sur
Partido GEN
Partido Social de la Ciudad
Partido Camino Popular
Partido Sumar Izquierda Democrática
Corriente Unidad Sur
Martín Iommi – Integrante de la Junta Comunal  6
Miguel Vayo – Integrante de la Junta Comunal  4
Diputado de la Ciudad Pablo Bergel
Diputado de la Ciudad Rafael Gentilli
Diputado de la Ciudad Alejandro Bodart
Diputado de la Ciudad Adrián Camps
Unión de Comerciantes, Profesionales e Industriales de Villa del Parque Asociación Comerciantes, Industriales, Profesionales y Vecinos de Avenidas Córdoba, Callao y aledaños.
Cámara de Comercio, Industriales, Profesionales y Vecinos de Caballito
Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA)

PROYECTOS DE LEYES EN TRATAMIENTO EN LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD


1) Proyecto de Ley: 3283-J-2012. Zonificación para la construcción del complejo inmobiliario Solares de Santa María por la empresa IRSA.

2) Proyecto de ley: 2513-J-2013. Rezonificación de terrenos en Caballito para autorizar a Irsa la Construcción de un Shopping.

3) Proyecto de Ley: 3257-D-2012. Plan Maestro para la Comuna 8.

4) Proyecto de ley: 1770-D-2012. Autorización para permitir la explotación de parques y plazas a través de permisos para confiterías y Bares.

5) Proyecto de Ley: 3429-D-2012. Proyecto de Polo Audiovisual en la  Isla Demarchi.

6) Proyecto de Ley: 2157-J-2013. Extensión de la Diagonal Sur.

7) Proyecto de Ley: 467-E-2013. Iniciativa Privada para la construcción del “Centro Metropolitano Audiovisual” en “El Dorrego”.

8) Proyecto de ley: 2511-J-2013. Declaración de innecesarios para la Ciudad de 40 inmuebles y se ordena su venta.

9) Proyecto de ley: 2130-J-2013. Autorización para endeudamieno para la adquisición de 105 coches para la Línea A del Subte.

10) Proyecto de Ley: 2568-J-2013. Autorización para la destrucción del Velódromo del Parque 3 de Febrero.

11) Proyecto de Ley: 2188-J-2013. Creación de una ley de promoción de las Actividades de Diseño de la Ciudad (Distrito del Diseño).

12) Proyecto de ley: 114-D-2013. Régimen General sobre concesiones permisos de uso y asignación a actividades estatales de los denominados bajo de autopista.

13) Proyecto de ley: 2516-J-2013. Modifica artículos de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad.

14) Proyecto de ley: 2077-J-2013. Aprueba la propuesta de la empresa Alvear Palace Hotel S.A. para el desarrollo de una playa de estacionamiento subterránea que comprende el Parque Mujeres Argentinas.

15) Proyecto de ley: 2512-J-2013. Declaración de innecesario para la Ciudad y se ordena la venta del inmueble sito en la Calle Carlos Pellegrini  313/317/321/323. En este inmueble funcionan algunas dependencias del Ministerio de Salud.

16) Proyectos de Ley: 791-D-2013, 815-D-2013 y 797-D-2013.  Proyectos que derogan  las leyes 4.474, 4.475 y 4.476 y 4477. No al tratamiento del despacho en mayoría que firmaron el bloque del Pro y de los K pidiendo el archivo de estos proyectos.

17) Proyecto de ley:  3566-J-2012. Concesión del Servicio Público de Estacionamiento Regulado.

18) Proyecto de ley: 2515-J-2013. Modifica artículos de la Ley N° 2.809 que regula el régimen deRedeterminación de Precios aplicables a los contratos de obra pública.

19) Proyecto de ley: 2487-J-2013. Inclusión de nuevos términos técnicos del Código de Planeamiento Urbana sobre Estaciones de Transporte Público.

20) Proyecto de ley: 2509-J-2013. Modifica del Art. 12 de la Ley Nº 52/98 sobre herencias vacantes.

21) Proyecto de ley: 2510-J-2013.  Modifica varios artículos de la ley  2.264.- Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinado a estimular e incentivar la participación privada en el financiamiento de proyectos culturales

22) Proyecto de ley: 2517-J-2013. Modifica el Decreto  1.510/97 a fin de incorporar el Expediente Electrónico y la notificación electrónica.

23) Proyecto de ley: 2518-J-2013. Incorpora la regulación normativa de los documentos electrónicos y la infraestructura de la firma digital.

24) Proyecto de ley: 2569-J-2013. Declaración de interés público de obras a ser construidas por AUSA.

25) Proyecto de ley: 2377-D-2013. Crea la figura de Higiene urbana y afecta a dicho distrito numerosos predios de la Ciudad.

26) Proyecto de ley: 2413-D-2013. Creación de un nuevo Centro de exposiciones y convenciones.

27) Proyecto de ley: 2359-D-2013Otorga permiso de uso a la Asociación Golf Club José Jurado en el  Parque las Victorias.

28) Proyecto de Ley: 2564-E-2013. Modificación a la Ley de Faltas  451.

29) Proyecto de ley: 2534-D-2013. Modificación a la ley  2.936 que regula la Publicidad Exterior

30) Proyecto de ley: 98-D-2013.  Regula el proceso de urbanización y radicación del “Barrio 31 CarlosMugica” (Ex Villa 31 y 31 bis),. No al tratamiento de las propuestas del Pro y el bloque K que quieren realizar modificaciones que desvirtúan del derecho a la radicación definitiva y a la re-urbanización del barrio.

31) Proyecto de ley: 2567-E-2013. Autorización para instrumentar contratos y obras para el método de separación mecánico biológica por 10 a 20 años.

32) Proyecto de ley: 873-D-2013. Zonificación especial para los Clubes de Barrio.

33) Proyecto de ley: 764-D-2013. Protección de las calles con adoquines de piedra.

34) Proyecto de ley: 2545-D-2013. Ley de Reforma Tributaria.

35) Proyecto de ley: 2555-D-2013.  Otorga a ALEARA (Sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar, Entretenimiento, Esparcimiento, Recreación y Afines de la República Argentina ) el uso gratuito del predio sito en la calle Moreno  330.

36) Proyecto de ley: 2535-D-2013.  Regulación de las  vidrieras en los locales comerciales.

37) Proyecto de ley: 2536-D-2013.  Modificación de la Ley de Publicidad Exterior. 

lunes, septiembre 30, 2013

Participar una obligacion

  Proto Comuna Caballito
                         Hechos. No palabras

Amig@s y vecin@s;               

Se pretende derogar un conjunto de leyes que suponen la construcción e impermeabilización de 100 hectáreas de tierra pública.
La mayoría de ella estaba destinada originariamente para proyectos relacionados con la creación de grandes superficies de espacios verdes absorbentes y reguladores, como el Corredor Verde del Oeste.

El miércoles 2 de octubre a las 13 hs La Comisión de Planeamiento Urbano de la Legislatura de la Ciudad, Peru 160 CABA, llevará a cabo una reunión de Diputados, en el salón Montevideo, a los efectos de considerar entre otros proyectos las iniciativas parlamentarias de los diputados Bergel y Basteiro (proyectos 797-D-2013 y 815-D-2013) que piden derogar la ley 4.476 de creación de la playa de transferencia de cargas de Lugano que plantea la impermeabilización de 37 has del Parque Roca en el Sur de la Ciudad. Y la Ley 4477 que habilita las construcciones en las playas del FFCC en Palermo, Liniers y Caballito.  
Suman mas de 100 manzanas que se entregaron a fines del año pasado a la especulación inmobiliaria y la cementacion. Se pide que sean parques y espacios publicos absorbentes.

Es fundamental la presencia vecinal para impulsar estos proyectos. El reglamento de la Legislatura permite a los vecinos participar en la primera media hora para opinar sobre los proyectos en tratamiento.

El proyecto unificado de los diputados Pablo Bergel (bloque Proyecto Sur) y Fabio Basteiro (bloque Buenos Aires para Todos), piden derogar las leyes, 4.476 y 4477 , (El corazon del Pacto PRO K)  y cuentan asimismo con el apoyo de los bloques de la Coalision Civica y del MST.

PROYECTO DE LEY

Artículo 1°.- Deróguense las leyes  4.476 y 4.477.
  
Art. 2°.- Desaféctese del distrito de zonificación Urbanización Futura-UF del Código de Planeamiento Urbano al polígono delimitado por el eje de la calle Donato Álvarez, eje de la calle Bacacay, por éste hasta la línea divisoria de la manzana 40 y manzana 39b Sección 57 Circunscripción 5, por ésta hasta la línea divisoria de las Manzana 50 y Manzana 39b Circunscripción 5, por ésta hasta el eje de la calle O. V. Andrade, por éste hasta su intersección con la línea divisoria de la Fracción J y la Fracción I de la Manzana 39b Sección 57 Circunscripción 5, por ésta continua hasta la línea divisoria de la Fracción J y Fracción E Manzana 39b Circunscripción 5, por ésta continuando por la línea divisoria entre el distrito E4-57 y la Fracción I Manzana 39b Sección 57 Circunscripción 5, por éste hasta el eje de la calle Martín de Gainza, por éste y su prolongación virtual hasta la línea divisoria de la Manzana 39b con las Manzanas 101 y 38b Sección 57 Circunscripción 5 hasta la línea divisoria de la Parcela 65b Manzana 38 b con la Fracción A de la Manzana 38b Sección 57 Circunscripción 5 hasta el eje de la calle Yerbal, por éste hasta la línea divisoria de la Fracción A Manzana 38b con la Parcela 12 de la Manzana 38b Sección 57 Circunscripción 5, por ésta hasta la línea divisoria de la Manzana 39b con las Manzanas 38b y 38a Sección 57 Circunscripción 5, por ésta hasta su intersección con el eje de la calle Donato Álvarez.

Art. 3°.- Aféctese el polígono del artículo segundo a la zonificación UP (Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449).

Art. 4°.- Desaféctense: del distrito de zonificación Urbanización Futura UF del Código de Planeamiento Urbano las Fracciones C y H de la Manzana 64A Sección 95 Circunscripción 1.

Art. 5°.- Aféctese el polígono del artículo cuarto a la zonificación UP (Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449).

Art. 6°.- Desaféctese del distrito de zonificación Urbanización Futura-UF del Código de Planeamiento Urbano al polígono delimitado por el eje de la Av. Juan B. Justo, entre el eje de la calle Paraguay y el eje de la calle Honduras, continuando por éste hasta el eje de la calle Darwin, por éste y su prolongación virtual hasta el eje de la calle Niceto Vega, por éste hasta el eje de la calle Darwin, continuando por la línea divisoria de la Manzana 22 y la Manzana 21 Sección 19 Circunscripción 18, continuando por el eje de la calle Atacalco, por éste hasta la línea divisoria de la Manzana 56 y Manzana 55 Sección 19 Circunscripción 18, por éste hasta el eje de la calle Costa Rica, por éste hasta el eje de la calle Godoy Cruz, por éste hasta el eje de la Av. Santa Fe y por éste hasta su intersección con el eje de la Av. Juan B. Justo.

Art. 7°.- Aféctese el polígono del artículo sexto a la zonificación UP (Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449).

Art. 8°.- Desaféctanse de sus respectivos distritos de zonificación las áreas desafectadas al uso ferroviario, propiedad del Estado Nacional, comprendidas en el polígono: Av. Juan B. Justo, Santa Fe, Godoy Cruz y Paraguay.

Art. 9°.- Aféctese el polígono del artículo octavo  a la zonificación UP (Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449).

Art. 10°.- Desaféctase de su actual destino al Distrito E4-9 de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, delimitado por las Avenida Coronel Roca, su continuación por la Avenida Intendente Rabanal, la calle Pergamino, la Avenida 27 de Febrero y la Autopista Presidente Héctor J. Cámpora (AU-7), cuya nomenclatura catastral es Circunscripción: 1; sección: 58; parte de la Manzana: 14F ,

Art. 11°.- Aféctese el polígono del articulo decimo a la zonificación UP (Urbanización Parque) según lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449).

Art. 12°.- Cúmplase con lo establecido por los artículos 89 y 90 de la CCABA. Comuníquese. 


FUNDAMENTOS

 Por una lógica de expansión urbana que ha hecho caso omiso de las condiciones naturales de base sobre las que se edifica el hecho urbano, la Ciudad de Buenos Aires ha promovido la inclusión dentro del mercado inmobiliario de grandes porciones del territorio que originariamente constituían los valles de inundación de los cursos de agua que atraviesan el mismo.

Este proceso se fue profundizando en las últimas décadas, con el agravante de que la consolidación y densificación de esta expansión urbana ha ido generando la paulatina impermeabilización no solo de estos valles de inundación sino también de las partes altas de sus cuencas, lo cual ha variado significativamente los índices de escorrentía de las aguas incrementando la carga sobre el sistema de desagües. Aprovechando estos cursos se ha montado originalmente la estructura básica del sistema pluvial, incluso siguiendo el recorrido gravitacional de las aguas hasta conectar con estos cursos de agua, originalmente a cielo abierto, y luego entubados conformando las actuales cañerías troncales.

Concomitantemente con lo expresado, además se ha incrementado significativamente la densidad poblacional en estas zonas, en principio atraídos por los bajos precios de la tierra y la cercanía a los principales ejes de transporte. Este proceso, a su vez, generó un plusvalor que ha hecho aún más interesante  para el mercado inmobiliario a estas zonas, por lo cual la actividad edificatoria se ha concentrado en estas y en sus adyacencias, conformando un eje de fuerte dinámica social, comercial e inmobiliaria. Una de las consecuencias de esta fuerte densificación es la aparición de altas torres de vivienda y, debido al excepcional aumento del parque automotor individual, la incorporación de cocheras para automóviles que, por un aprovechamiento de la capacidad constructiva, se materializan en muchos casos en subsuelos bajo nivel, por lo cual se afectan las corrientes de aguas subterráneas y su capacidad de drenaje, lo cual a su vez perjudica la capacidad de absorción de los terrenos.

Al ir ocupándose la tierra vacante y ser necesarias nuevas superficies de tierra para cubrir nuevas demandas de equipamiento urbano generados por el crecimiento poblacional del conjunto metropolitano, se han ido realizando rellenos costeros sobre el Río de la Plata que han prolongado en tramos importantes el curso de los mismos hasta llegar a su desembocadura, y esa mayor prolongación del recorrido se realiza con una escasa pendiente, por lo cual el caudal disminuye y consecuentemente lo hace el volumen de agua evacuada, y esto provoca el anegamiento en estas zonas. Estos problemas se agravan al producirse otro hecho natural, que es el efecto de “taponamiento” de descarga de estos cursos de agua por la crecida del nivel del Río de la Plata durante las sudestadas.

Paralelamente, las redes de infraestructura que cubren estas áreas urbanas no han recibido adecuaciones o modificaciones que acompañaran los grandes cambios acaecidos tanto en los recorridos de los cursos de agua o la condición absorbente y de retención de agua de los terrenos, por lo cual esa mayor carga resultante sobre el sistema, en condiciones meteorológicas poco excepcionales, provoca que el mismo colapse tanto en la cuenca baja como en las zonas de aporte.

Estos hechos, más una deficiente gestión de riesgos y manejo de emergencias, explican porqué el fenómeno de las inundaciones, antes de alcance limitado en sus consecuencias en las zonas hoy afectadas, en el presente tengan efectos catastróficos, como lo ha demostrado la tormenta acaecía el pasado 2 de abril, con una cifra de 6 personas fallecidas y con alrededor de 350 personas afectadas por los efectos del temporal, y como también se ha visto en otros hechos similares acaecidos a lo largo de los últimos años.

Más allá de las obras destinadas a la remediación y mitigación de estos problemas, así como del necesario ajuste de los sistemas de gestión para prevenir y atenuar sus efectos, un capítulo fundamental en la resolución de este problema es el relativo a una adecuada planificación del crecimiento urbano, y en particular en los aspectos relativos a la ocupación del territorio. Como se señalara, la preocupación por realizar una planificación urbana que tuviera en cuenta los aspectos propios del medio natural no fue el leit motiv que guió a los redactores de los Códigos de Planeamiento Urbano de 1977 ni del año 2000, y de hecho con la aparición del mismo se ha avanzado sobre la expansión y consolidación de áreas que, décadas anteriores, se encontraban ex profeso ocupadas por espacios verdes o con densidades muy bajas de población. Los casos más notorios de esto son el del Parque Alte. Brown, que ocupaba gran parte de la zona aluvial del Riachuelo, con frecuentes anegamientos, parte del cual hoy se ha desafectado y ocupado para fines habitacionales, o la consolidación urbana y elevado crecimiento poblacional en la zona del curso bajo de los arroyos Vega y Medrano, así como también el aumento de las densidades en las zonas de valle donde transcurren estos cursos de agua, y la ocupación de áreas absorbentes libres, ahora vistas como “vacantes”, con usos que suponen una fuerte impermeabilización.

Con la intención de comenzar a rectificar ese desacertado rumbo en el proceso de planeamiento urbano, lo cual hoy lamentablemente se potencia al encontrarse ese proceso librado a la voracidad de las fuerzas del mercado, y a efectos de no proseguir incrementando los riesgos ambientales sobre la Ciudad por causa de deficientes previsiones urbanísticas, se propone la derogación de varias normas que han avanzado en la expansión y densificación urbana sobre zonas vitales para la regulación hidrológica del territorio de Buenos Aires, como lo son las grandes superficies del Centro de Concentración Logística Sur en el Parque Julio A. Roca y los playones ferroviarios de Palermo, Caballito y Liniers, cuyas leyes fueron sancionadas a pesar de la enorme oposición que recibieran estos proyectos en las correspondientes audiencias públicas.

En el primer caso, se trata de un predio de 37 hectáreas, de las cuales unas 35 ha. se prevé sean impermeabilizadas sin solución de continuidad para uso de galpones y playa de maniobra de vehículos. Este proyecto se ubica en el Sector A del Parque Polideportivo Julio A. Roca, integrante a su vez del Parque Alte. Brown, en adyacencias al Riachuelo y a la Autopista Presidente Campora. Más allá del desatino de convertir una porción de un parque en una playa para camiones, este proyecto supondrá un cambio abrupto a los aportes de agua caída sobre las redes de la zona en la zona de desagüe de parte del sistema pluvial del conjunto urbano de Villa Soldati, así como de varias manzanas del barrio ubicadas cercanas a la estación ferroviaria. Por otra parte, al proyectarse la elevación de las 37 ha. del terreno a una cota de 6 m sobre las calles adyacentes, se constituirá una enorme barrera para el escurrimiento de las aguas superficiales de la zona. En el expediente sometido al tratamiento legislativo solo figura un Estudio de Impacto Ambiental encargado por el mismo proponente del emprendimiento, que en sus escuetas 18 páginas ni siquiera toma en cuenta que efectos puede llegar a tener esta enorme impermeabilización del terreno.

Respecto a las playas ferroviarias, se trata de 3 terrenos que en total suman una superficie de 43 ha repartidas entre los barrios de Caballito, Palermo y Liniers en donde se prevé edificar unos 544.000 m2 en zonas con muy alto grado de consolidación. De la superficie total de estos terrenos se calcula que, entre la proyección de las torres a construir, sus patios, las veredas y calles a abrir, no menos de unas 15 hectáreas serán impermeabilizadas, lo cual constituye un número bastante importante en esas áreas de la ciudad en donde la densidad de ocupación ya era demasiado alta aún antes de aprobarse estas normas, lo cual se ve reflejado en la demanda sobre las redes de infraestructura. Esas 15 ha no contemplan otros proyectos que se están desarrollando en dos de esas playas, como el Polo Científico y Tecnológico en Palermo y un centro comercial en Caballito, por lo cual el grado de ocupación de estos terrenos libres será aún mayor. Como en el caso anterior, tampoco se dispone de una Evaluación de Impacto Ambiental de acuerdo al procedimiento  que prevé la Ley 123.

Hay que barajar y dar de nuevo. Con las monumentales y trágicas consecuencias del temporal que azotó a la Ciudad y a la provincia de Buenos Aires, se hicieron realidad los reiterados vaticinios tanto de científicos y especialistas como de vecinos, organizaciones sociales y asambleas barriales -que nunca fueron escuchados- en relación a la problemática de la construcción indiscriminada, la urbanización irracional y el avance sobre los espacios verdes absorbentes. La ignorancia sistemática de un ordenamiento y diseño territorial acorde con las leyes de la naturaleza, en toda la geografía nacional y en las áreas metropolitanas, llevó a esta catástrofe anunciada, que pone en evidencia los límites del actual paradigma y obliga a iniciar un camino de deconstrucción y reconstrucción que será largo, pero debe comenzar de inmediato.

No podemos permanecer impávidos ante la indiscutible realidad. Estamos obligados a realizar una reflexión y una acción auto-crítica y rectificadora de muchas de las normas que fueron aprobadas por esta Legislatura que alentaron el mero negocio inmobiliario. Que fomentan el avance del cemento sobre tierras públicas impermeabilizando más los suelos con los resultados ya conocidos. Necesitamos cambiar el rumbo, mostrar que hemos receptado el impacto de esta terrible tragedia. Más allá de actuar en la reparación inmediata de los devastadores efectos, es momento de iniciar un camino que garantice un Nunca Más en las tragedias que solo podrán evitarse cambiando integralmente de paradigma civilizatorio.

Por ello es que el presente proyecto de ley pretende derogar un conjunto de leyes que suponen la construcción e impermeabilización de decenas y decenas de hectáreas de tierra pública. La mayoría de ella estaba destinada para proyectos relacionados con la creación de grandes superficies de espacios verdes absorbentes y reguladores, como las playas ferroviarias desafectadas y el Corredor Verde del Oeste. Otro ejemplo es la ley que aquí se propone derogar que autorizó la construcción de un shopping que actualmente construye el grupo IRSA en Palermo, predio que formaba parte del denominado “Proyecto Lago Pacífico” que actuaba como lago regulador ante las frecuentes inundaciones de la zona. También la impermeabilización de 37 has del Parque Roca en el Sur de la Ciudad que permite la concesión autorizada a un privado en otra ley que el presente proyecto deroga.

Es nuestra obligación asumir nuestra responsabilidad, hacernos cargo de lo que nos toca. Debemos retomar una planificación urbana destinada al interés general y que no sea guiada desde la especulación inmobiliaria. La “reconstrucción” también tiene que ver con revisar nuestras acciones como cuerpo legislativo. Lejos de ser el final de un camino, es apenas el preámbulo de un nuevo camino para la ciudad y la patria toda, más allá de cualquier color partidario.

Por todo ello es que solicitamos el acompañamiento al presente proyecto de ley.   


lunes, septiembre 16, 2013

Derogación de las leyes del pacto PRO K

 Proto Comuna Caballito
                         Hechos. No palabras



Amig@s y vecin@s;

Piden derogar las leyes del Plan ProCREAR en estacion Saenz y estacion Buenos Aires. La de la playa de transferencia de cargas de Lugano. Y las de las construcciones en las playas del FFCC en Palermo, Liniers y Caballito. Suman mas de 120 manzanas que se entregaron a la especulación inmobiliaria y la cementecion. Se pide que sean parques y espacios publicos.

Es fundamental la presencia vecinal para impulsar estos proyectos


Nos dirigimos a Ud. con el fin de informarles que la Comisión de Planeamiento Urbano de la Legislatura de la Ciudad , llevará a cabo una Reunión de Asesores, el próximo miércoles 18 de septiembre a las 16:00 hs. en el Salón Arturo Jauretche, Peru 160 Planta Baja CABA, a los efectos de considerar entre otros proyectos las iniciativas parlamentarias de los diputados Basteiro y Bergel (proyectos 791-D-2013, 797-D-2013 y 815-D-2013). El proyecto deBasteiro pide derogar las leyes 4.476 y 4.477 y los de Bergel piden derogar las leyes 4.474, 4.475, 4.476 y 4.477. El corazon del Pacto PRO K.

Hay que barajar y dar de nuevo. Con las monumentales y trágicas consecuencias del temporal que azotó a la Ciudad y a la provincia de Buenos Aires el pasado 2 de abril, se hicieron realidad los reiterados vaticinios tanto de científicos y especialistas como de vecinos, organizaciones sociales y asambleas barriales -que nunca fueron escuchados- en relación a la problemática de la construcción indiscriminada, la urbanización irracional y el avance sobre los espacios verdes absorbentes. La ignorancia sistemática de un ordenamiento y diseño territorial acorde con las leyes de la naturaleza, en toda la geografía nacional y en las áreas metropolitanas, llevó a esta catástrofe anunciada, que pone en evidencia los límites del actual paradigma y obliga a iniciar un camino de deconstrucción y reconstrucción que será largo, pero debe comenzar de inmediato.

No podemos permanecer impávidos ante la indiscutible realidad. Estamos obligados a realizar una reflexión y una acción auto-crítica y rectificadora de muchas de las normas que fueron aprobadas por esta Legislatura que alentaron el mero negocio inmobiliario. Que fomentan el avance del cemento sobre tierras públicas impermeabilizando más los suelos con los resultados ya conocidos. Necesitamos cambiar el rumbo, mostrar que hemos receptado el impacto de esta terrible tragedia. Más allá de actuar en la reparación inmediata de los devastadores efectos, es momento de iniciar un camino que garantice un Nunca Más en las tragedias que solo podrán evitarse cambiando integralmente de paradigmacivilizatorio.

Por ello es que los proyectos de ley presentados por el diputado Bergel pretenden derogar un conjunto de leyes que suponen la construcción e impermeabilización de decenas y decenas de hectáreas de tierra pública. La mayoría de ella estaba destinada para proyectos relacionados con la creación de grandes superficies de espacios verdes absorbentes y reguladores, como las playas ferroviarias desafectadas y el Corredor Verde del Oeste. Otro ejemplo es la ley que aquí se propone derogar que autorizó la construcción de unshopping que actualmente construye el grupo IRSA en Palermo, predio que formaba parte del denominado “Proyecto Lago Pacífico” que actuaba como lago regulador ante las frecuentes inundaciones de la zona. También la impermeabilización de 37 has del Parque Roca en el Sur de la Ciudad que permite la concesión autorizada a un privado en otra ley que el presente proyecto deroga.



Lic. Gustavo Desplats

Coordinador Proto Comuna Caballito




Informes: 15-3833-8491 4903-7444

domingo, junio 09, 2013

Buenos Aires. Inundacion y despues...

  Proto Comuna Caballito
                         Hechos. No palabras

Amig@s y vecin@s; 
                              Les reenviamos a continuación material de la actividad de la que participaremos el lunes 10. Saludos afectuosos.

               Lic. Gustavo Desplats
    Coordinador Proto Comuna Caballito
                                                                                                                   

                    Informes:    15-3833-8491      4903-7444





A dos meses de la gran inundación que afectó a la Ciudad de Buenos Aires, el Área Metropolitana y la ciudad de La Plata , la Comisión Especial de Cambio Climático de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,junto a la Multisectorial por lo Derechos de los Inundados invitan al FORO PÚBLICO “Buenos Aires: Inundación y después… Responsabilidades. Cómo estamos. Cómo seguimos” a realizarse el lunes 10 de junio a las 17 hs. en el Salón Pte. Perón de la Legislatura (Perú 160).  La actividad contará con la presencia de vecinos afectados, especialistas, comuneros, legisladores y funcionarios. La participación es abierta; a tal efecto pueden inscribirse para hacer uso de la palabra al 4338-3066 o a foropublicoinundaciones@gmail.com  

Envio de correo SOLO a          protocomunacaballito@yahoo.com
                  www.caballitocolapsa.blogspot.com
                 www.protocomunacaballito.blogspot.com
               www.facebook.com/protocomuna.caballito

                  MERECEMOS UN CABALLITO MEJOR

                OTRA BUENOS AIRES ES POSIBLE

martes, junio 04, 2013

INFORME TÉCNICO SOBRE EL MONUMENTO A CRISTOBAL COLÓN Y LA PLAZA HOMÓNIMA

“Es un amparo contra el gobierno nacional por querer apropiarse y disponer del monumento y contra el gobierno de la CABA por su inacción como tercero obligado.”

BASTA DE DEMOLER – SALVEMOS LAS ESTATUAS
INFORME TÉCNICO SOBRE EL MONUMENTO A CRISTOBAL COLÓN Y LA PLAZA HOMÓNIMA
ASPECTOS JURÍDICOS Y LEGALES.
No existen dudas de que el dominio de las tierras donde se construyó la Plaza Colón y donde se instaló el monumento son bienes del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por estar asentados en su territorio, conforme art. 2340 inc. 7º del Código Civil de la República Argentina ”las calles, caminos, canales, puentes, y cualquier otra obra pública construida para utilidad o comodidad común”.
En el Boletín Oficial del 22/8/1907 se publicó la promulgación de la Ley 5105, que establece expresamente: “LEY 5105. Monumento a Cristóbal Colón. Aceptación de su donación por los residentes italianos y erección en la plaza de su nombre en la Ciudad de Buenos Aires.” En consecuencia el Congreso Nacional sancionó esta ley que en su artículo 1º dice ”autorízase al Poder Ejecutivo para aceptar la donación por los residentes italianos y erección en la plaza de su nombre”. El Congreso le autoriza al Poder Ejecutivo a aceptar la donación pero no le entrega la propiedad ni la potestad de mover este monumento. Si hubiera querido que el monumento se instalara en cualquier plaza de la República Argentina, la ley lo hubiera dicho.
La autorización por el Congreso para que el PE acepte la donación era el trámite necesario en 1907 y se necesitaba una ley del Congreso para ello. En la actualidad, por mandato constitucional, es la legislatura de la CABA la única que autoriza y dispone de los monumentos ( art. 81, inc. 7º CABA).
Con la reforma constitucional de 1994 en cuyo artículo 129 se establece el status jurídico de  la Ciudad Autónoma de Buenos Aires CABA, las diversas leyes que desde 1880 declararon a la ciudad como capital de la República han quedado bajo la tutela de la Constitución porteña de 1996.
Por Ley 24588/1995 la Ciudad de Buenos Aires es continuadora a todos los efectos de la Municipalidad de la ciudad de Buenos Aires. Cuando se refiere a las cuestiones que quedarán bajo jurisdicción federal habla de inmuebles que sirvan de asiento a los poderes de la Nación, sin embargo la plaza y el monumento no son inmuebles.
Por decreto municipal 2981/59 dicho monumento pasó a formar parte del patrimonio de la Ciudad de Buenos Aires y se lo incluyó en el inventario de bienes patrimoniales de  la Dirección de Paseos. Dicho monumento integra asimismo, el Registro del Departamento de Monumentos y Obras de Arte (MOA) del Ministerio del Ambiente y Espacio Público de la CABA.
La reparación de la Plaza Colón que finalizara el 30/11/2007 fue realizada y costeada por la CABA e incluyeron recambios de veredas, enrejado perimetral y un anfiteatro para actos oficiales en el sector central, luego de cuya reparación se suscribió el convenio entre el Gobierno Nacional y el de la CABA por  Ley 2862/2008 por el cual expresamente se reconoce la jurisdicción del gobierno de la CABA pues dicho gobierno autoriza al Gobierno Nacionala tomar las medidas necesarias en cuanto a la seguridad, debiendo comunicar al gobierno porteño la realización de actos por las cuales deban cerrar el acceso al público. En el resto del tiempo la plaza debe permanecer abierta al público: “en todo momento en que no se realicen actos sin acceso al público a la Plaza Colón, ésta permanecerá de acceso al público en las mismas condiciones que los demás espacios verdes de la Ciudad” (art. 2º) Asimismo, se le otorgó autorización para la instalación de cocheras subterráneas.
Es decir, es sólo un permiso de uso de ese espacio público para actos oficiales, siempre que cuente con la autorización del gobierno porteño, al cual se lo debe comunicar con 48 hs de anticipación.
El secretario general de la presidencia (Sr. Parrilli) suscribió el 21/03/2012 un convenio con el intendente de la Municipalidad de General Pueyrredón para la reubicación del monumento a Colón en la ciudad de Mar del Plata, sin autorización de la Legislatura de la CABA y sin ser refrendado por la legislatura de esa municipalidad. Es decir, un funcionario sin atribuciones legales para ello no puede derogar una ley nacional, mediante un convenio.
3 de abril de 2013. Datos del amparo:” ASOCIACIÓN CIVIL BASTA DE DEMOLER C/ GCBA Y OTRO S/ AMPARO LEY 16986”, Exp Nº 12192/13, que tramita ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 12, Secretaría 23, sito en Carlos Pellegrini 685, 5º piso.
Es un amparo contra el gobierno nacional por querer apropiarse y disponer del monumento y contra el gobierno de la CABA por su inacción como tercero obligado.
ASPECTOS ARTÍSTICOS E HISTÓRICOS.
El monumento a Cristóbal Colón fue donado por la colectividad italiana residente en nuestro país para la celebración del Centenario de la Revolución de Mayo en 1910. Fue realizado por el escultor Arnaldo Zocchi (1862-1940). Fue inaugurado en la plaza Colón el 15 de junio de 1921. En cuanto al espacio verde en que se halla ubicado el monumento – área posterior de la Casa de Gobierno- fue proyectado y construido por Carlos Thays como parte del Paseo de Julio, luego llamado Paseo Colón. La plaza recibió ese nombre en 1894 y fue inaugurada en 1904. En 1911 se construyeron las terrazas y escalinatas que otrora ordenaban el sector hacia el río. En 1921 se terminó el arreglo de jardinería proyectado por Eugenio Carrasco y Francisco Lavecchia para recibir la estatua.
La obra escultórica describe el hecho histórico del descubrimiento de América. Cristobal Colón está  representado en actitud de observar el océano, su vista fija en el horizonte que rememora las rutas que un dia navegó y por las que llegaron los inmigrantes que conforman la sociedad argentina. El monumento en su totalidad mide 25 metros de altura. La estatua del homenajeado mide 6 metros de altura (el rostro de Colón mide 1 metro de ancho) y  pesa cerca de 40 toneladas. Junto a los grupos escultóricos, relieves, basamento, criptas, y los cimientos de sustentación, el conjunto pesa alrededor de 600 toneladas. El material principal es el mármol de Carrara.
La cripta superior (a la que se accede por una puerta) era un museo en homenaje a Colón, también de mármol de Carrara. Tenía bajorrelieves con inscripciones y pinturas, un cuadro alegórico rodeaba el interior contando la historia de la navegación, pintado por Francesco Parisi y objetos de la historia colombina entre ellos un cofre de bronce con un ladrillo de la casa natal de Colón. La ciudad de Roma envió como regalo un fragmento de mármol blanco tallado con restos de pintura roja, parte del friso de un templo del Foro que se remonta al siglo II a C. El museo fue obsequio oficial del Gobierno de la ciudad de Roma.
ASPECTOS TÉCNICOS DE CONSERVACIÓN.
 Su emplazamiento es el original. En el campo de la conservación, mudar un monumento solo se justificaría por la inminencia de una amenaza mayor, con el fin de protegerlo y/o de mejorar las condiciones de conservación, por ejemplo el caso de Abu Simbel en Egipto en cuya localización se construyó la represa de Asuán.
Contrariamente, se pretende trasladar este monumento a Mar del Plata y colocarlo a pocos metros de la costa, exponiéndolo al ambiente marino que es altamente agresivo para el mármol con el que fue realizado, empeorando notablemente sus condiciones de conservación.
Las sales marinas arrastradas por el viento actúan aún a varios kilómetros de la costa. Depositadas en el mármol generarán procesos que disgregarán el material, acentuando la pérdida de relieves que la obra presenta actualmente. Ese proceso es incremental e irreversible. El deterioro progresivo del material acabará primero con la superficie expuesta y con los  relieves de las diferentes figuras, pero con el tiempo terminará por destruir lo que quede del monumento.
El mármol es un material más friable, más poroso y menos resistente mecánicamente que otros, como el granito; lo que hace que sea atacado muy fácilmente por las sales y que la remoción de los bloques y esculturas del monumento sea de por sí altamente riesgosa.
Además, muchos de esos bloques presentan una importante cantidad de fisuras y fracturas, lo que hará que se partan al sacarlos, perdiéndose partes, en especial las más pequeñas. Otras fracturas se producirán en el traslado.
ASPECTOS URBANOS Y PATRIMONIALES.
 Los monumentos entablan con su entorno y con el habitante de la ciudad una red de relaciones tangibles e intangibles, a través del devenir urbano, la memoria y la historia de cada uno de nosotros. En este caso se creó  un espacio simbólico ítalo-argentino en la unión de la arquitectura “italianizante” de la Casa de Gobierno de la Nación Argentina, realizada por el arquitecto italiano Francisco Tamburini y el monumento conmemorativo de Italia a la Argentina de Zocchi.
ASPECTOS IDEOLÓGICOS.
El descubrimiento de América constituye uno de los logros científicos más importantes de la historia de la humanidad. Fue la prueba práctica de la redondez de la tierra y originó el desarrollo tecnológico que da comienzo a la Edad Moderna. Ignorar estos hechos es querer cambiar la Historia de la Humanidad.
Tampoco queremos ignorar el genocidio indígena que ocurrió con la Conquista que es posterior al Descubrimiento.
El homenaje a la valiosa Generala del Ejército Argentino Juana Azurduy no debe ocupar un espacio simbólico que la historia urbana de Buenos Aires ha consolidado en la memoria colectiva como de Cristóbal Colón, sino que merece tener su propio espacio que consideramos mucho más apto en las ubicaciones de la Plaza Bolivia o de Puerto Madero (con el homenaje a otras figuras femeninas de gran trascendencia) o en el sitio que se pueda consensuar dando los pasos legales que corresponden.
Buenos Aires, 2 de junio de 2013.

lunes, junio 03, 2013

Hoy lunes 3 a las 17 horas

  Proto Comuna Caballito
                         Hechos. No palabras


Hoy acto en plaza Colon 17Hs
El monumento a Colon fue donado por la comunidad italiana a la Ciudad de Buenos Aires hace mas de 80 años para ser colocado en su actual emplazamiento. Es parte integrante del patrimonio cultural de nuestra Ciudad. Ahora por un deseo de la Presidente de la Republica se plante su traslado a Mar del Plata. Violando la autonomia porteña y lo reglado por la Constitucion del 96 y por el Codigo de Planeamiento Urbano, Que marca que para mover una estatua es necesario una ley de la Legislatura de la Ciudad de doble lectura con 31 votos en cada caso y una audiencia publica entre ellas. Nada de esto ocurrio. Pero la prepotencia presidencial pretende avasallar nuestros derechos. No la dejaremos. Reproducimos a continuación la invitacion de la colectividad italiana. Saludos.

               Lic. Gustavo Desplats
    Coordinador Proto Comuna Caballito
                                                                                                                   
                    Informes:    15-3833-8491      4903-7444



EL LUNES 3 DE JUNIO, DIA DEL INMIGRANTE ITALIANO EN ARGENTINA, 
LA COLECTIVIDADSE REUNE EN PLAZA COLON 
PARA RECLAMAR QUE NO SAQUEN EL MONUMENTO

El lunes 3 de junio se celebra en todo el País el Dia del Inmigrante Italiano en Argentina, establecido por la ley 24.561, aprobada por el Congreso Nacional en 1995, un homenaje que los representantes del pueblo y de las provincias argentinas quisieron tributar a los millones de italianos que llegaron al País a lo largo de más de un siglo, y que con su capacidad, su esfuerzo, su trabajo, contribuyeron a engrandecerlo.
Este lunes 3 de junio, la colectividad italiana se reunirá frente al monumento a Cristóbal Colón que sus antecesores donaron a la Argentina un siglo atrás y que hoy, incomprensiblemente, en modo inconsulto, se pretende quitar, desconociendo el generoso aporte de quienes nos precedieron y ofendiendo a los miles y miles de italianos que viven en la Argentina y a los millones de argentinos que tienen sangre italiana. Justamente la fecha elegida por el Congreso para homenajear a los inmigrantes italianos, es la del 3 de junio, día del nacimiento de Manuel Belgrano, uno de los padres de nuestra Patria e hijo de un inmigrante genovés.
La Justicia ha dictado una medida cautelar para impedir que el monumento a Colón sea quitado, pero las instituciones que representan a la colectividad italiana, quieren reafirmar, ante el peligro de que se quiera seguir adelante con las operaciones para retirar la estatua, su total oposición al traslado y su alarma ante la posibilidad de que sea dañado.
Por lo tanto se convoca a toda la comunidad italiana y a sus asociaciones para que se reúnan el lunes 3 de junio a las 17 hs frente al monumento, en Plaza Colón, para pedir que el monumento no sea quitado. Asimismo se invita a toda la sociedad, a todos cuantos consideran que la argentinidad se construye sumando y no excluyendo, porque como proclama nuestra Constitución Nacional, esta tierra está abierta a todos los hombres de buena voluntad que quieran habitarla.
Estamos seguros de que las autoridades nacionales conocen y comparten dicho dictado, por lo que hacemos un llamado para que por medio del diálogo y escuchando el sentir de la comunidad italiana, se reafirme el respeto a  la memoria de quienes donando el monumento, quisieron expresar su amor y gratitud a esta Argentina que es la patria de sus hijos, nietos y bisnietos.

                 Graciela Laino                                                                     Darío Signorini
           Presidente del ComItes                                                    Presidente de FEDIBA
(Comité de los Italianos en el exterior, de Buenos Aires)                    (Federación  de Asociaciones Italianas de  Buenos Aires)                                                                                                    

Envio de correo SOLO a          protocomunacaballito@yahoo.com
                  www.caballitocolapsa.blogspot.com
                 www.protocomunacaballito.blogspot.com
               www.facebook.com/protocomuna.caballito