Entrevistado por Pablo Galeano para Ecomedios 1220
Somos una ONG cuyo propósito es el estimulo de las herramientas de participación ciudadana con la certeza que esto promoverá una mejor calidad de vida. Nos basamos en la cooperación entre los vecinos a los efectos de potenciar las capacidades generales. Buscando pasar de un conocimiento ingenuo a uno critico. Tanto de el entorno mediato barrial. de la Ciudad, o la Nación.
domingo, octubre 02, 2016
lunes, septiembre 26, 2016
Quinto intento por el Shopping
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina
Proyecto de ley Número: INLEG-2016-21282108- -AJO
Buenos Aires, Martes 13 de Septiembre de 2016
Referencia: EX-2016-20815315-MGEYA-SSPLANE
PROYECTO DE LEY
Articulo 1°.- Desaféctese del Distrito de Zonificación R2a11 el inmueble delimitado por el Polígono A-B-1-1- E-F-G-A correspondiente a la Fracción J de la Manzana 39B, de la Circunscripción 5, Sección 57. (Plano de "Mensura Particular con Fraccionamiento M-7-80").
Artículo 2°.- Aféctese el polígono A-B-1-1-E-F-G-A correspondiente a la Fracción J de la Manzana 39B, de la Circunscripción 5, Sección 57 (Plano de "Mensura Particular con Fraccionamiento M-7-80") a las siguientes Normas Urbanísticas Especiales:
I) CARÁCTER: Zona destinada a la localización de un Centro Comercial Mincrista, de Servicios Terciarios y de Equipamiento a escala urbana y barrial.
2) DELIMITACION: Se halla delimitado por el polígono A-B-1-1-E-F-G-A correspondiente a la Fracción J. de la Manzana 39B, de la Circunscripción 5, Sección 57 según, Plano de "Mensura Particular con Fraccionamiento M-7-80".
3) MORFOLOGIA EDILICIA: Se admite basamentos, edificios entre medianeras, de semilibre y sus combinaciones tipológicas. a) Ocupación del suelo FOS = 80% En el 20% del predio que debe quedar libre, podrá instalarse: mobiliario urbano, dársenas de ascenso y descenso de pasajeros y accesos al estacionamiento. b) Superficie máxima edificable: FOT = 3 El valor del FOT se aplicará sobre la totalidad de la superficie original de las Fracción J de la Manzana 39B, de la Circunscripción 5, Sección 57 de 23.691,38m2. c) Altura máxima: 38 metros Por encima de dicha altura, las construcciones deberán retirarse 6 metros de la Predios (LDP). Plano límite: 40 metros. Por encima de dicha altura solo podrán sobresalir tanques de agua, cajas de escaleras, instalaciones complementarias, antenas, pararrayos, balizamientos e instalaciones especiales. 4) USOS Usos permitidos: para este polígono será de aplicación la Referencia P (Permitido) del Cuadro de Usos N° 52.1 a) (AD 610.21) del Código de Planeamiento Urbano, los usos: Centro de Compras, paseo de compras, Cines, Grandes Tiendas, Supermercado, Supermercado Total, Feria Infantil, Juegos Mecánicos Infantiles, Museo clase I, Garage Comercial y Juegos Psicomotrices Infantiles. Asimismo, se consideran P (Permitido) los usos admitidos en el Cuadro de Usos N° 5.2.1 a) (AD 610.21) del Código de Planeamiento Urbano para el distrito de zonificación Equipamiento Local E3, con excepción de locales de productos especiales, molestos o peligrosos, materiales de construcción clase I, establecimiento de sanidad y educativos. Usos requeridos: 6.1. Estacionamiento: Para el Centro Comercial Minorista, de Servicios Terciarios y de Equipamiento y sus usos permitidos se dispondrá como mínimo de una superficie bajo cota de parcela II- 0.00 m de 50.000 m2 para estacionamiento. Dicho espacio, abastecerá indistintamente, a todos los usos localizados dentro del edificio. 6.2. Espacio destinado a Carga y Descarga: Deberá cumplir con la referencia 1116 de las "Referencias Espacios para Carga y Descarga" AD. 610.21, del Cuadro de Usos N° 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano. 5) CARACTERISTICAS PARTICULARES: El Centro Comercial deberá reunir las siguientes características: a) Contar con un número igual o mayor a 40 (cuarenta) locales minoristas, de comercio, de prestación de servicios y de equipamiento, organizados en tomo a las circulaciones generales. b) Proveer obligatoriamente los siguientes servicios: Playa de estacionamiento o garaje comercial, sean a título gratuito y/o de explotación comercial. Espacio destinado a Carga y Descarga. Detección de incendio obligatorio. Circuito cerrado de Televisión y grabación. Servicios de Sanidad con personal médico o paramédico permanente en el horario de atención al público. c) Contar con servicios sanitarios generales para satisfacer las demandas del público y del personal. Aquellos locales que según el Código de Edificación, requieran sanitarios propios, podrán cumplimentar este requerimiento, con los servicios sanitarios generales del Centro de Compras, siempre que la superficie de dichos locales haya sido contemplada en la base de cálculo para determinar la cantidad de concurrentes y su correspondiente cantidad de sanitarios y artefactos. Í ci,$) • s4 o rCL:o Deberán poseer servicios sanitarios propios: 1.- Los cines. 2.- Los locales gastronómicos que estén abiertos fuera del horario de cierre/apertura del Centre de Compras. 3.- Los locales gastronómicos con acceso a la vía pública. Podrán destinarse espacios de expansión de locales gastronómicos y localizarse quioscos, stands y publicidad. Los mismos, no podrán obstruir los medios de salida, escaleras o circulaciones, establecidos por cálculo en base al coeficiente de ocupación y medios de egreso. El volumen arquitectónico deberá ser proyectado con un lenguaje armónico en todas sus fachadas, evitando composiciones de frente y fondo y garantizando similares calidades y cualidades formales en todo su desarrollo con el fin de una mejor integración con el entorno, en el momento en que las obras del Corredor Verde del Oeste se efectivicen.
Artículo 3°.- Incorpórese al Código de Planeamiento Urbano, en el parágrafo 5.5.2.16, Plancheta.s de Zonificación 16, artículo 5.5.2 Zonificación del Capítulo 5.5 Normas Especiales, de la Seccióm 5 Zonificación en Distritos, como inciso d) lo establecido en el artículo 2°.
Artículo 4°.- Apruébese el Plano de Zonificación que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente ley, para el inmueble delimitado por el Polígono A-B-F1-E-F-G-A correspondiente a la Fracción J de la Manzana 39B, de la Circunscripción 5, Sección 57.
Artículo 5°.- Encomiéndese al Poder Ejecutivo la adecuación de la Plancheta de Zon ficación N° 16, de acuerdo a la desafectación prevista en el articulo 1° y su correspondiente afectación prevista en el artículo 2° de la presente.
Artículo 6°.- Establézcase un cargo a abonar por el titular del inmueble ubicado en el Polígono A-B-H-EF-G-A correspondiente a la Fracción .1 de la Manzana 39B, de la Circunscripción 5, Sección 57, consistente en el pago de hasta la suma de pesos equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON (U$S 1.000.000), para ser destinada exclusivamente a las obras de apertura de la calle Bogotá, a ejecutarse por el Poder Ejecutivo en la adyacencia de la Fracción J y sin afectar esta última. El pago deberá efectuarse en pesos, mediante depósito en la cuenta bancaria que en forma fehaciente indique el Poder Ejecutivo y se integrará del siguiente modo: el 10% de la cantidad mencionada deberá ser depositada dentro de los sesenta (60) días corridos de que se le indique al titular del inmueble que se iniciarán las obras de apertura de la calle Bogotá y el monto restante, hasta la suma máxima estipulada ea el párrafo anterior, dentro de los treinta (30) días de que se comunique que se ha autorizado cada uno de los certificados de avance de dicha obra. Para la conversión de cada uno de los importes se Jtilizará el tipo de cambio vendedor correspondiente a la cotización del Banco Ciudad de Buenos Aires del día hábil anterior a la realización de los depósitos correspondientes.
Artículo 7°.- Las tramitaciones de registro de planos de obra del polígono indicado en el Artículo 2°, deberán contar con la aprobación de la Subsecretaría de Planeamiento y de la Secretaría de Transporte, ambas dependientes del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.
Artículo 8°.- Comuníquese, etc.
Fundamentos
SEÑOR PRESIDENTE: Tengo el agrado de dirigirme al Cuerpo que usted preside llevando a su consideración el Proyecto de Ley que se acompaña mediante el cual se proponen Normas Urbanísticas Especiales para un predio de dominio privado dentro de los términos de la Sección 9 del Código de Planeamiento Urbano, Procedimiento de Modificaciones al Código, Plan de detalle, parágrafo 9.1.2.2. A través de un Plan de detalle el Código permite, ante una solicitud, el dictado de normas urbanísticas especiales, que partiendo de la propuesta vecinal, garanticen su coherencia con las polLicas y estrategias generales para la Ciudad, pudiendo proponer desde un cambio de tejido y/o usos hasta la declaración del sector como área de urbanización especial. Se fundamentan estas normas especiales en las características de la actividad a desarrollar y en las particulares condiciones de localización del predio, ya que proviene de la escisión de una fracción de mayor superficie, correspondiente a la Zona de Vías y ex Playa de maniobras de la Estación Caballito del Ferrocarril Sarmiento. En el presente caso, se propone la incorporación al Código de Planeamiento Ur ano de Normas il En este sentido, se advierte la existencia de un vacío urbano en las adyacencias del Club Ferrocarril Oeste, contribuyendo, con la puesta en uso del predio, a revertir la situación de deterioro del sectDr. Asimismo, se consideró que la urbanización debe realizarse en el marco de los lineamientos estratégicos que impulsa el Gobierno de la Ciudad. Por lo expuesto precedentemente, se remite el presente Proyecto de Ley para su consideración. Sin otro particular saludo a usted muy atentamente.
sábado, septiembre 17, 2016
Proyecto 2964 DECLÁRASE DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE UBICADO EN EL PASAJE SAN IRENEO 154, ROSARIO 638 Y GUAYAQUIL 627/37.-
Expropiación ex Colegio Santa
Rosa
Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y
sujeto a expropiación en los términos de la Ley 238 (BOCABA Nº 798 de fecha
15/10/99), el inmueble ubicado en el pasaje San Ireneo 154, Rosario 638 y
Guayaquil 627/37 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nomenclatura catastral,
Circ. 6, Secc. 40, Mza. 057, Parc. 005.
Artículo 2º.- El inmueble descripto en el
Artículo 1º, será afectado al Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, para ser destinado a la Escuela
Artículo 3º.- La determinación del precio de
los bienes sujetos a expropiación se hará de acuerdo a lo establecido por el
Artículo 10º de la Ley 238 (BOCABA Nº 798 de fecha 15/10/99).
Artículo 4º.- Los gastos que demande el
cumplimiento de la presente ley serán imputados a los fondos establecidos en el
Artículo 3º de la Ley 3232.
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.
Fundamentos
Señor Presidente:
El barrio de Caballito es uno de los
más populosos (176.076 hab. en 2010) y de mayor densidad poblacional residente
(25.893,5 hab/km2), laboral y en tránsito de la ciudad, así como uno de los que
más propiedades con valor patrimonial y anteriores a 1941 se han perdido en
aras de edificios residenciales de alta densidad generando fuertes déficits en
la prestación de los servicios públicos esenciales y en la capacidad vial para
el tránsito vehicular. Cabe recordar que, por la presión vecinal, la
Legislatura porteña tuvo que involucrarse. Además de hacer que el certificado
de las empresas de servicios se convirtiera en obligatorio para toda la Ciudad,
se sancionó una ley por la que se puso límite de altura a las edificaciones en
80 manzanas de Caballito ([1]).
El importante aumento de la
superficie construida, predominantemente para uso residencial, además de los
déficits en la prestación de servicios, también se ve reflejada en la necesidad
de mayores espacios verdes para la expansión y recreación de los vecinos y en
la necesidad de incrementar las vacantes en los diferentes niveles
educacionales.
Fuente: Unidad Sistemas de Inteligencia
Territorial, Subsecretaría de Planeamiento, MDU. GCBA.
Déficit de Establecimientos Educacionales
En los últimos dos años ha sido imposible que la ciudad cubriera la demanda
de vacantes para los jardines maternales. La obligación, establecida por
ley, de brindar progresivamente cobertura universal a los chicos de menos
de 4 (cuatro) años encontró a la ciudad, como a la mayoría de las provincias,
con escasos recursos físicos y aún no se ha podido resolver el problema. Así,
el nivel inicial de enseñanza necesita ampliar sus espacios, como lo denota la
publicidad oficial aparecida en los últimos tiempos sobre licitaciones para la
construcción de varios edificios de entre tres y seis aulas para jardines de
infantes en todo el país.
Por otra parte, en el nivel secundario ha dado comienzo a la implementación
de la Nueva Escuela Secundaria (NESC), reforma impulsada por el Ministerio de
Educación de la Ciudad que propone planes de estudio que incluyen la
realización de talleres y otras actividades que requieren la utilización de
espacios no siempre existentes en los distintos establecimientos. La pretendida
reforma se verá limitada en varios aspectos. A esto, se suma la situación de
varios edificios que son compartidos por dos o tres colegios distintos, lo que
impide que cada institución pueda extender sus horarios de trabajo dado que el contraturno
correspondiente es ocupado por otra. O, en algunos casos, se da la
superposición de actividades de difícil resolución. En el barrio de Caballito se
reitera el problema, entre otros, dos ejemplos muy próximos entre sí: el Normal
Nº 4 que comparte su edificio con el Liceo Nº 2; mientras que el Nacional Nº 17
lo hace con los Comerciales Nº 23 y 29, en Av. Rivadavia 5161/71 ([2]).
Localización Establecimientos
Escolares Estatales Saturados y
Establecimiento Escolar Abandonado
desde 2012.
En particular, entendemos, que se estaría buscando una
solución para los problemas que conllevan la falta de espacio físico y la
superposición de funciones de las Instituciones que comparten el edificio de la
E.N.S. N° 4, "Estanislao S. Zeballos” y el Liceo Nº 2, "Amancio
Alcorta", en las instalaciones ubicadas en Av. Rivadavia 4.950. De acuerdo
con un informe, diariamente concurren al establecimiento más de 3. 000 (tres
mil) alumnos de los cuatro niveles: Inicial, Primario, Medio y Terciario, en el
turno mañana. Y alrededor de 2.500 (dos mil quinientos) alumnos en el turno de
la tarde, alumnos del Liceo Nº 2, instituciones, a los que se suman los 729
(setecientos veintinueve) además del personal docente y no docente de ambas.
Conjunto
Edilicio Escolar Desocupado
La
problemática situación de abandono –previsiblemente desde 2012- del importante
grupo de edificios localizados en el predio del Pasaje San Ireneo 102/154,
Rosario 638 y Guayaquil 627/ 637 (Identificador Catastral: 40-057-005), ex
Colegio Santa Rosa, denunciada por
vecinos del barrio de Caballito, resulta marcadamente contradictorio y
una oportunidad ante el déficit de vacantes y de capacidad funcional existente
en los establecimientos de educación estatal localizados en la Av. Rivadavia
4950 y en la Av. Rivadavia 5161/71 -a 440 metros y 150 metros aproximada y
respectivamente del ex Colegio Santa Rosa-.
Fotos: Edificios localizados en el pasaje
San Ireneo 102/154 y Guayaquil 627/37
Además,
el ex Colegio Santa Rosa, que pertenece a la congregación misionera del Sagrado
Corazón de Jesús, fue fundado en 1901. Hasta la última matriculación de alumnos
en 2006 se desarrollaban actividades educativas de: Jardín Maternal, Jardín de
Infantes, Nivel Primario y Nivel Secundario
Fotos: Edificios
localizados en Rosario 638, el pasaje San Ireneo 102/154.
Los
edificios principales, con valor patrimonial, son anteriores a 1937 y se
encuentran en muy buenas condiciones, así como los anexos sobre el Pasaje San
Ireneo y la calle Guayaquil. Cabe consignar que son edificios singulares con
protección cautelar sobre un pasaje -10 metros de línea municipal a línea
municipal- que le asigna una particular identidad, así como una imagen y un
símbolo representativo para los vecinos del barrio de Caballito.
Demanda Social Prolongada
La
solicitud por una respuesta de
permanencia del conjunto edilicio ex Colegio San Rosa es constante desde
junio de 2006 cuando los estudiantes del nivel secundario en las puertas del
edificio coreaban "Santa Rosa no se
cierra", tal como lo registra el Diario 26 ([3])
del 24 de mayo de 2006, mientras los
padres reclamaban una reunión con la dirección del colegio. Los padres
expresaron que recibieron "una
comunicación que dice que el próximo año no habrá más inscripciones",
y las autoridades sostienen que "el
cierre es una decisión irrevocable". Los padres sospechan que el
cierre del colegio se debe a que "hay
un proyecto inmobiliario". Entre tanto, se reconocía que "Nos duele mucho que se cierre y más aún una
escuela que expresa parte de la identidad del barrio de Caballito; desde el
Estado tenemos las herramientas para evaluar un plan que permita la
continuidad, pero si deciden cerrar acompañaremos a los padres a buscar otro
colegio".
Foto del 3 de junio de 2006 ([4])
“¿Por qué cerró el Colegio Santa
Rosa de Caballito? Hace alrededor
de siete años envié una carta con referencia al cierre del colegio Santa Rosa
Caballito (en ocasión de un “abrazo al colegio”) y nos movilizamos los papás y
alumnos porque ya allí querían cerrarlo. Conseguimos que siguieran sus puertas
abiertas, pero en diciembre del 2012 cerraron definitivamente el colegio. Sin
dar muchas explicaciones, solamente por lo económico. Lo raro, que los demás
colegios de la congregación siguen funcionando: Santa Rosa Centro, Cabrini de
Flores, en Villa Amelia, etc. Y en un barrio tan poblado como el nuestro con
una comunidad educativa enorme no pudieran seguir adelante era rarísimo. Siendo
el señor Daniel Scioli presidente del Senado, nos invitaron a las familias más
antiguas del Colegio a una reunión donde se
presentó uno de los herederos de Madre Cabrini (fundadora del Colegio) quien
dejó asentado en ese acto un legado donde la fundadora expresaba que ese lugar
debía ser siempre un establecimiento educacional. Qué pasó o qué harán, es
un misterio. Si podemos hacer algo, somos muchos los interesados y a través de
los medios se puede más” ([5]).
El martes 16 de junio de 2015, tuvo lugar un encuentro con vecinos y el Jefe de
Gabinete de la Ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta. El mismo se
realizó en el Teatro del Club Italiano. Entre las diversas inquietudes que
plantearon los vecinos figuraron: veredas rotas o en mal estado en zonas de
espacios públicos; (…); la situación del Colegio Santa Rosa; los juegos rotos
en el Parque Rivadavia, entre tantos otros temas. Sobre la situación del
Colegio Santa Rosa, la respuesta fue dada por la Dra. Susana Espósito, quien se
refirió a las gestiones que tuvo a su cargo, y que arribaron a un exitoso
acuerdo entre las religiosas propietarias del lugar, los vecinos y el gobierno.
Una vez finalizada la ronda de preguntas, planteos y reclamos, Larreta prometió
estudiar los temas y dar solución a los que esté a su alcance ([6]).
Más
recientemente, Liliana Cometta,
vecina del edificio de San Ireneo 147, afirmó: "Hice tasar mi departamento para mudarme si meten las torres. Va a ser
espantoso. Me gusta la tranquilidad, por eso vivo acá". En tanto,
Alicia Liberatore, que vive en el mismo edificio, agregó: "Si hacen las torres, el pasaje no tendría la
tranquilidad de siempre. Nos taparía toda la visión. Estaría bueno que armen un
centro cultural o un espacio para la recreación, como una plaza" ([7]).
Asimismo, "Es necesario rechazar
este proyecto. No todo puede pensarse en función del dinero, debería prohibirse
de ahora en más cualquier proyecto inmobiliario. Lo que se construye parecen
torres de babel o pajareras, que van tomando el aire y el sol de las manzanas",
opinó Cristina, una de las vecinas consultadas. "Tenemos que accionar para que ese predio, cuyo destino fue pensado para
una escuela, continúe siendo una escuela", se sumó Norma, otra vecina
([8]).
Conclusión
Tener
la posibilidad de que cada Escuela cuente con su propio edificio permitirá, por
un lado, el crecimiento de cada Institución y, por otro, implementar adecuadamente
los diferentes planes de estudio de la NESC, como así también la correcta
aplicación del proyecto Profesor.
Por
lo tanto, esta Diputación propone la expropiación del predio ubicado en el Pasaje
San Ireneo 102/154, Rosario 638 y Guayaquil 627/ 637 (Identificador Catastral:
40-057-005; Superficie parcela: 4.398.00 m2; Superficie Cubierta (m2): 6.579,00
m2) por estar desocupado, estar adaptado a la función educativa y ser de pronto
uso, poder relocalizar parte de los establecimientos cercanos con dificultades
funcionales y de capacidad ubicados en la Av. Rivadavia 4.950 y 5161/71 y de
otros niveles educacionales deficitarios, así como coadyuvar a afianzar la
identidad barrial de este sector de Caballito, proteger un bien social con
valor histórico y evitar el cuestionado aumento de la presión edilicia,
poblacional, vehicular y sus costos negativos en materia ambiental y de salud
pública.
Por
todo lo expuesto, solicito a mis pares acompañen con su firma el presente
Proyecto de Ley.
[1] http://www.clarin.com/ciudades/Caballito-quieren-edificios-colegio-vecinos_0_1640836029.html
[2] www.sos-caballito.blogspot.com
[3] http://www.diario26.com/reclaman-que-no-cierre-un-tradicional-colegio-del-barrio-de-caballito-13759.html
[4]
http://protocomunacaballito.blogspot.com.ar/2006/06/vecinos-marchan-por-el-colegio-santa.html
[8] Diario La Nación
del 19 de agosto de 2016.
Escuela SI, Torres NO
Fragmento de las palabras de Gustavo Desplats, coordinador de Proto Comuna Caballito, en el acto pidiendo por una nueva escuela publica en la Ciudad el 14 de setiembre de 2016 en Rosario 638. Junto a vecinos y representantes de ongs barriales
sábado, septiembre 10, 2016
ENCUENTRO POR LA EDUCACION PUBLICA
MIERCOLES 14 DE SETIEMBRE 19 HORAS ROSARIO 638 y SAN IRINEO CABALLITO
Desde nuestra organización adherimos al acto convocado por el Consejo
Consultivo de la Comuna
6 pidiendo por la
utilización del predio del
ex colegio Santa Rosa para la escuela publica de la Ciudad.
Ante el intento de inmobiliario que plantea demoler un edificio
que esta catalogado y protegido por la Ciudad de Buenos Aires para la
construccion de 6 torres. Sumando 124 departamentos y un paseo
comercial.
Impulsamos el USO PUBLICO de
esa parcela para Incorporarla como un nuevo establecimiento educativo de nuestra
ciudad.
Saludos fraternales
Lic. Gustavo Desplats
Coordinador Proto Comuna
Caballito
Informes: 15-3833-8491
Material
informativo realizado junto al despacho del diputado Gustavo Vera
El barrio de Caballito es uno de los más populosos
(176.076 hab. en 2010) y de mayor densidad poblacional residente (25.893,5
hab/km2), laboral y en tránsito de la ciudad, así como uno de los que más
propiedades con valor patrimonial y anteriores a 1941 se han perdido en aras de
edificios residenciales de alta densidad generando fuertes déficits en la
prestación de los servicios públicos esenciales y en la capacidad vial para el
tránsito vehicular. Cabe recordar que, por la presión vecinal, la Legislatura porteña
tuvo que involucrarse. Además de hacer que el certificado de las empresas de
servicios se convirtiera en obligatorio para toda la Ciudad , se sancionó una ley
por la que se puso límite de altura a las edificaciones en 80 manzanas de
Caballito ([1]).
El
importante aumento de la superficie construida, predominantemente para uso
residencial, además de los déficits en la prestación de servicios, también se ve
reflejada en la necesidad de mayores espacios verdes para la expansión y
recreación de los vecinos y en la necesidad de incrementar las vacantes en los
diferentes niveles educacionales.
Fuente: Unidad
Sistemas de Inteligencia Territorial, Subsecretaría de Planeamiento, MDU. GCBA.
Déficit de
Establecimientos Educacionales
En los últimos dos años ha sido imposible que la ciudad
cubriera la demanda de vacantes para los jardines maternales. La
obligación, establecida por ley, de brindar progresivamente cobertura
universal a los chicos de menos de 4 (cuatro) años encontró a la ciudad, como a
la mayoría de las provincias, con escasos recursos físicos y aún no se ha
podido resolver el problema. Así, el nivel inicial de enseñanza necesita
ampliar sus espacios, como lo denota la publicidad oficial aparecida en los
últimos tiempos sobre licitaciones para la construcción de varios edificios de
entre tres y seis aulas para jardines de infantes en todo el país.
Por otra parte, en el nivel secundario ha dado comienzo a
la implementación de la
Nueva Escuela Secundaria (NESC), reforma impulsada por el
Ministerio de Educación de la
Ciudad que propone planes de estudio que incluyen la
realización de talleres y otras actividades que requieren la utilización de
espacios no siempre existentes en los distintos establecimientos. La pretendida
reforma se verá limitada en varios aspectos. A esto, se suma la situación de
varios edificios que son compartidos por dos o tres colegios distintos, lo que
impide que cada institución pueda extender sus horarios de trabajo dado que el
contraturno correspondiente es ocupado por otra. O, en algunos casos, se
da la superposición de actividades de difícil resolución. En el barrio de
Caballito se reitera el problema, entre otros, dos ejemplos muy próximos entre
sí: el Normal Nº 4 que comparte su edificio con el Liceo Nº 2; mientras que el
Nacional Nº 17 lo hace con los Comerciales Nº 23 y 29, en Av. Rivadavia 5161/71
([2]).
Localización
Establecimientos Escolares Estatales Saturados y
Establecimiento
Escolar Abandonado desde 2012.
En particular, entendemos, que se estaría buscando una
solución para los problemas que conllevan la falta de espacio físico y la
superposición de funciones de las Instituciones que comparten el edificio de la E.N .S. N° 4, "Estanislao
S. Zeballos” y el Liceo Nº 2, "Amancio Alcorta", en las instalaciones
ubicadas en Av. Rivadavia 4.950. De acuerdo con un informe, diariamente
concurren al establecimiento más de 3. 000 (tres mil) alumnos de los cuatro niveles:
Inicial, Primario, Medio y Terciario, en el turno mañana. Y alrededor de 2.500
(dos mil quinientos) alumnos en el turno de la tarde, alumnos del Liceo Nº 2,
instituciones, a los que se suman los 729 (setecientos veintinueve) además del
personal docente y no docente de ambas.
Conjunto
Edilicio Escolar Desocupado
La problemática situación de abandono –previsiblemente
desde 2012- del importante grupo de edificios localizados en el predio del
Pasaje San Ireneo 102/154, Rosario 638 y Guayaquil 627/ 637 (Identificador Catastral:
40-057-005), ex Colegio Santa Rosa, denunciada por vecinos del barrio de Caballito, resulta
marcadamente contradictorio y una oportunidad ante el déficit de vacantes y de
capacidad funcional existente en los establecimientos de educación estatal localizados
en la Av. Rivadavia
4950 y en la Av.
Rivadavia 5161/71 -a 440 metros y 150 metros aproximada y
respectivamente del ex Colegio Santa Rosa-.
Los edificios principales, con valor
patrimonial, son anteriores a 1937 y se encuentran en muy buenas condiciones,
así como los anexos sobre el Pasaje San Ireneo y la calle Guayaquil. Cabe
consignar que son edificios singulares con protección cautelar sobre un pasaje -10 metros de línea
municipal a línea municipal- que le asigna una particular identidad, así como
una imagen y un símbolo representativo para los vecinos del barrio de
Caballito.
Ficha
Catastral (1937) Página
del GCABA “Patrimonio Urbano”
Demanda
Social Prolongada
La
solicitud por una respuesta de
permanencia del conjunto edilicio ex Colegio San Rosa es constante desde
junio de 2006 cuando los estudiantes del nivel secundario en las puertas del
edificio coreaban "Santa Rosa no se
cierra", tal como lo registra el Diario 26 ([3]) del 24 de mayo de 2006, mientras los padres reclamaban
una reunión con la dirección del colegio. Los padres expresaron que recibieron
"una comunicación que dice que el
próximo año no habrá más inscripciones", y las autoridades sostienen
que "el cierre es una decisión
irrevocable". Los padres sospechan que el cierre del colegio se debe a
que "hay un proyecto inmobiliario". Entre tanto, se reconocía que "Nos duele mucho que se cierre y más aún una
escuela que expresa parte de la identidad del barrio de Caballito; desde el
Estado tenemos las herramientas para evaluar un plan que permita la
continuidad, pero si deciden cerrar acompañaremos a los padres a buscar otro
colegio".
“¿Por qué cerró el Colegio Santa Rosa de
Caballito? Hace alrededor de
siete años envié una carta con referencia al cierre del colegio Santa Rosa
Caballito (en ocasión de un “abrazo al colegio”) y nos movilizamos los papás y
alumnos porque ya allí querían cerrarlo. Conseguimos que siguieran sus puertas
abiertas, pero en diciembre del 2012 cerraron definitivamente el colegio. Sin
dar muchas explicaciones, solamente por lo económico. Lo raro, que los demás
colegios de la congregación siguen funcionando: Santa Rosa Centro, Cabrini de
Flores, en Villa Amelia, etc. Y en un barrio tan poblado como el nuestro con
una comunidad educativa enorme no pudieran seguir adelante era rarísimo. Siendo
el señor Daniel Scioli presidente del Senado, nos invitaron a las familias más
antiguas del Colegio a una reunión donde se
presentó uno de los herederos de Madre Cabrini (fundadora del Colegio) quien
dejó asentado en ese acto un legado donde la fundadora expresaba que ese lugar
debía ser siempre un establecimiento educacional. Qué pasó o qué harán, es
un misterio. Si podemos hacer algo, somos muchos los interesados y a través de
los medios se puede más” ([5]).
El martes 16 de junio de 2015, tuvo lugar un encuentro con vecinos y el Jefe de
Gabinete de la Ciudad
de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta. El mismo se realizó en el Teatro del
Club Italiano. Entre las diversas inquietudes que plantearon los vecinos
figuraron: veredas rotas o en mal estado en zonas de espacios públicos; (…); la
situación del Colegio Santa Rosa; los juegos rotos en el Parque Rivadavia,
entre tantos otros temas. Sobre la situación del Colegio Santa Rosa, la
respuesta fue dada por la
Dra. Susana Espósito, quien se refirió a las gestiones que
tuvo a su cargo, y que arribaron a un exitoso acuerdo entre las religiosas
propietarias del lugar, los vecinos y el gobierno. Una vez finalizada la ronda
de preguntas, planteos y reclamos, Larreta prometió estudiar los temas y dar
solución a los que esté a su alcance ([6]).
Más recientemente,
Liliana Cometta, vecina del edificio de San Ireneo 147, afirmó: "Hice tasar mi departamento para mudarme si
meten las torres. Va a ser espantoso. Me gusta la tranquilidad, por eso vivo
acá". En tanto, Alicia Liberatore, que vive en el mismo edificio,
agregó: "Si hacen las torres, el
pasaje no tendría la tranquilidad de siempre. Nos taparía toda la visión.
Estaría bueno que armen un centro cultural o un espacio para la recreación,
como una plaza" ([7]).
Asimismo, "Es necesario rechazar
este proyecto. No todo puede pensarse en función del dinero, debería prohibirse
de ahora en más cualquier proyecto inmobiliario. Lo que se construye parecen
torres de babel o pajareras, que van tomando el aire y el sol de las manzanas",
opinó Cristina, una de las vecinas consultadas. "Tenemos que accionar para que ese predio, cuyo destino fue pensado para
una escuela, continúe siendo una escuela", se sumó Norma, otra vecina
([8]).
Conclusión
Tener la posibilidad de que cada Escuela cuente con su
propio edificio permitirá, por un lado, el crecimiento de cada Institución y,
por otro, implementar adecuadamente los diferentes planes de estudio de la NESC , como así también la
correcta aplicación del proyecto Profesor.
Por lo tanto, proponemos la expropiación del predio
ubicado en el Pasaje San Ireneo 102/154, Rosario 638 y Guayaquil 627/ 637 (Identificador
Catastral: 40-057-005; Superficie parcela: 4.398.00 m2; Superficie Cubierta
(m2): 6.579,00 m2 )
por estar desocupado, estar adaptado a la función educativa y ser de pronto
uso, poder relocalizar parte de los establecimientos cercanos con dificultades
funcionales y de capacidad ubicados en la Av. Rivadavia 4.950
y 5161/71 y de otros niveles educacionales deficitarios, así como coadyuvar a
afianzar la identidad barrial de este sector de Caballito, proteger un bien
social con valor histórico y evitar el cuestionado aumento de la presión
edilicia, poblacional, vehicular y sus costos negativos en materia ambiental y
de salud pública.
[1]
http://www.clarin.com/ciudades/Caballito-quieren-edificios-colegio-vecinos_0_1640836029.html
[2] www.sos-caballito.blogspot.com
[3]
http://www.diario26.com/reclaman-que-no-cierre-un-tradicional-colegio-del-barrio-de-caballito-13759.html
[4]
http://protocomunacaballito.blogspot.com.ar/2006/06/vecinos-marchan-por-el-colegio-santa.html
[8] Diario La Nación del 19 de agosto de
2016.
sábado, agosto 27, 2016
Piden la clausura e inmediata demolición de una obra ilegal en Caballito
El legislador porteño de Bien
Común, el partido de La
Alameda , Gustavo Vera, pidió la inmediata clausura y
demolición de una obra ilegal en el barrio porteño de Caballito.
En ese sentido, se trata de un predio ubicado en la calle Méndez
de Andes 527, donde hay una obra que ya lleva ocho pisos construidos y tendrá
como obra final dos torres de 13 pisos cada una, cuando el Código de
Planeamiento Urbano (CPU) solo permite construcciones de hasta cinco pisos.
Vera sostuvo que en ese lugar empezó a construirse un edificio en
1997 y la obra se frenó dos años después, por lo que si permanece de esa forma
por seis mese o más tienen que pedir un nuevo permiso de obra.
La empresa a cargo de esta obra siguió con la construcción cuando
debería haber solicitado un nuevo permiso, porque la construcción está vencida
30 veces, según lo que exige el CPU.
“Quieren hacer una construcción que está prohibida por el Código
de Planeamiento Urbano y con un permiso del siglo pasado”, denunció
el legislador de Bien Común.
“En 2008, la ley 2722 dispuso rezonificar 80 manzanas de Caballito
y permitir solo construcciones de cinco pisos. Y ese predio, catalogado como
R2b1 en el plano catastral, está dentro de las 80 manzanas”,
agregó.
Por ese motivo, Vera exigió “la clausura y demolición” de ese
emprendimiento, por lo que giró el pedido de informe a la Comisión de Planeamiento
de la Legislatura
porteña para su tratamiento, con el número 2669D2016.
El diputado de la
Ciudad pidió la demolición basándose en un fallo dispuesto la
semana pasada por el magistrado Roberto
Andrés Gallardo, titular del Juzgado número 2 en lo
Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, quien dispuso una medida similar con un edificio ubicado en
Palermo.
“El pedido nuestro es a partir del reclamo de vecinos de Caballito
que vienen reclamando desde hace más de 10 años por este tema”, completó
Vera.
La protesta fue protagonizada por vecinos y asociaciones de ese
barrio porteño como Proto Comuna Caballito y SOS Caballito.
PROYECTO 2669 obra Mendez de Andes 527
Proyecto de Resolución
Nueva Construcción en
Méndez de Andes 527
Artículo 1°.-La
Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, por medio del
organismo que corresponda, en un plazo no mayor a 30 días de recibida la presente,
informe, sobre el estado y presuntas intervenciones para la construcción de un
edificio en la calle Méndez de Andes 527, identificada catastralmente en la
parcela 45-046-033B, acerca de:
1.
Si la construcción se
encuentra paralizada desde 1997 o anteriormente. En tal caso se solicita
informe sobre la aprobación original de los planos -así como copia de los
mismos-, los plazos de ejecución previstos normativamente y copia de las
actuaciones posteriores surgidas de las inspecciones y actos administrativos
emergentes.
2.
Si la Dirección General
de Registro de Obras y Catastro intimó y/o clausuró y/o retrotrajo los actuados
anulando el permiso de obra. En caso afirmativo se solicita copia de las
actuaciones correspondientes. En caso negativo se solicita informe y fundamente
sobre el criterio adoptado.
3.
Si se ha adecuado la
capacidad constructiva en la parcela identificada catastralmente como
45-046-033B a lo establecido en la Ley 2722 (2008). En tal caso se requiere
informe y copia de los actuados. En caso negativo se solicita fundamente la
ausencia.
4.
Si se han realizado
inspecciones sobre la seguridad y el
estado de conservación y/o presunta vida útil de la estructura de hormigón
armado de la construcción, anterior a 1997, ubicada en Méndez de Andes 527. En
caso afirmativo se solicita copia de los actuados e informe sobre las
recomendaciones y gestiones posteriores. En caso negativo se solicita informar
al respecto, en particular, si se recomienda su demolición.
5.
Si se dio intervención a
la Dirección General de Interpretación Urbanística para reorientar la
paralización de la obra en Méndez de Andes 527 y su presunta modificación de
acuerdo a la regulación prevista en la Ley 2722. En caso afirmativo se solicita
copia del informe realizado o, en caso negativo se requiere fundamentar su
ausencia.
Fundamento
Señor Presidente
El
Estudio Brodschi & Asociados
([1])
ofrece en venta departamentos de 1, 2 y 3 ambientes en el
edificio MENDEZ DE
ANDES localizado en Méndez de Andes 527 tal como lo registrado en los datos del
Mapa Interactivo que, en la página referenciada, se lo ofrece como “De Pozo”.
Llama la atención que en tanto se trataría
–por las imágenes de proyecto- de una torre de más de 13 pisos de un edificio
nuevo pero, cuya estructura se habría comenzado antes de 1997 (imagen datada en
el Mapa Interactivo) y que, desde entonces,
habría estado paralizado con un estructura de hormigón armado de las
bases y de las columnas y loza de la planta baja.
Cabe consignar que este sector urbano habría
sido cuestionado por los vecinos de Caballito, en el segundo quinquenio del
siglo, y que diera lugar en 2008 a un importante cambio en los parámetros de
Constructividad, pasando a ser R2 bI (Código de Planeamiento 5.4.1.4 Distrito
R2b, a) R2bI).
Por lo tanto, Señor Presidente, se entiende
que la falta de ejecución en tiempo y forma habría dado lugar a actuaciones
específicas para modificar la autorización original y, por otra parte, la
aparición de la Ley 2722 una cambio en la capacidad constructiva, así como la
existencia de un informe profesional sobre las condiciones de estabilidad y
conservación de la estructura existente.
Por todo lo expuesto solicito a mis parres
acompañen con su firma el presente Proyecto de Resolución, así como su pronto
tratamiento para evitar ventas fraudulentas o inconsistentes normativamente.
[1]http://www.estudiobrodschi.com.ar/proyecto.php?url=mendez-de-andes_40
Proyecto 2672 Santa Rosa
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Cambio de uso y
protección del pasaje San Ireneo
Artículo
1°.-El Poder Ejecutivo informará, por medio de los organismos
competentes, dentro de los 30 (treinta)
días de recibida la presente, sobre el uso del suelo de la parcela identificada
catastralmente como 40-057-005 con ingresos por Rosario 638, el pasaje San
Ireneo 102/154, Guayaquil 627/637, en consideración de los siguientes aspectos
puntos referidos al cumplimiento de la:
1.
Si la parcela 40-057-005
se encuentra incluida en las previsiones de la Ley N° 3056. En caso afirmativo
se solicita copia de las resoluciones adoptadas por las dependencias
intervinientes.
2.
Si la Dirección General
de Registro de Obras y Catastro (DGROC) otorgó la autorización de demolición de
los edificios existentes y si se registro la construcción de obras civiles
correspondientes a nuevos edificios para uso de viviendas de diferentes
ambientes (uno, dos, tres y cuatro), comercios en planta baja y
estacionamientos en subsuelo, ocupando la parcela 40-057-005 -cuya superficie
aproximada sería de 4.398 metros cuadrados-. En caso afirmativo, se solicita
copia de las actuaciones de otorgamiento del permiso.
3.
Señale si la Dirección
General de Interpretación Urbanística giró la solicitud de catalogación del
inmueble identificado catastralmente como 40-057-005 ante el Consejo Asesor de
Asuntos Patrimoniales. En caso afirmativo, indique la fecha de giro.
4.
Informe si el Consejo
Asesor de Asuntos Patrimoniales se expidió respecto al valor patrimonial de los
edificios identificados catastralmente en el predio 40-057-005. En caso
afirmativo, informe la fecha y remita el Acto Administrativo dictado al
respecto, así como el estado del trámite y la dirección de los inmuebles
protegidos.
5.
Indique si la Dirección
General de Interpretación Urbanística informó a la DGROC sobre lo resuelto
por el Consejo Asesor de Asuntos
Patrimoniales sobre la catalogación del inmueble identificado catastralmente
como 40-057-005. En caso afirmativo adjunte copia del informe.
6.
Indique si se dio intervención
al Consejo del Plan Urbano Ambiental sobre los cambios de uso y las
características de los edificios proyectados a localizar en la parcela con
edificios anteriores a 1941 identificada catastralmente como 40-057-005 sobre
el pasaje San Ireneo. En caso afirmativo acompañar copia del Informe, en caso
contrario fundamentar la interpretación adoptada por las autoridades
competentes.
Artículo
2°.- De
forma.
Fundamento
Señor Presidente:
De acuerdo a la
inquietud transmitida por vecinos y la información publicada en diversos medios
([1])
acerca del cambio de usos del suelo del predio donde funcionara el Colegio
Santa Rosa, ubicado en Rosario 638, el pasaje San Ireneo 102/154, Guayaquil
627/637, que ocupa la parcela identificada catastralmente como 40-057-005.
La empresa MECSA ([2])
ofrece el “Fideicomiso San Irineo”,
entre calle Rosario y Guayaquil, “edificios
altos y de categoría, una arboleda añeja y bella, y un edificio antiguo: el ex
colegio Santa Rosa que da carácter e identidad al barrio Caballito”. “La propuesta se basa en diseñar un edificio
de perímetro libre alargado, acorde a la geometría del terreno…”.
Asimismo, de
acuerdo a la información obrante en la capa “Patrimonio Urbano” de los Mapas Temáticos del GCABA se indica que
en la parcela identificada catastralmente como 40-057-005 existen
construcciones anteriores a 1941, por tanto objeto de tratamiento
particularizado por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales. Asimismo, en la
información de la Subsecretaría de Planeamiento – GCABA se indica que tienen
protección cautelar los edificios con dirección en Rosario 638 y en el pasaje San Ireneo
102/154.
Por otra parte, la
propuesta publicada indica que se construirían edificios de 13, 11, 10, 9 y 8
pisos en una “vía de ancho reducido”
cuyo carácter debería “mantener las
características que identifican este ámbito”; en este caso una cuadra de 2
pisos en toda su extensión, en el predio del Colegio Santa Rosa. En este caso,
se entiende debió haber intervenido el Consejo del Plan Urbano Ambiental para
interpretar esta norma y adecuarla, necesariamente, a una situación atípica
producto de normativas anteriores con edificios frentistas de 14 pisos
-pudiendo transformar a este pasaje en un corredor de contaminación y falta de
asoleamiento de los pisos por debajo del 4to nivel-.Se entiende necesario haber
utilizado el concepto de “asimilación”, tal como se realiza con usos nuevos, de
modo de dar tratamiento equitativo con los pasajes especificados en el Código
de Planeamiento Urbanoen 5.4.7.17.,
5.4.7.21.,5.4.7.22.,5.4.7.24.,5.4.12.16.,5.4.12.26., donde se explicita de modo
común que:
·
“Los pasajes constituyen un ámbito de alta significación ambiental, ya que conforman
una trama atípica dentro de la cuadricula de la ciudad”.
·
“Su carácter es predominantemente residencial de baja densidad” –en este caso
no debería admitirse comercios ya que la función “escolar” preexistente era
complementaria de la residencial del resto del pasaje; y,
·
“Solo se admiten edificios entre medianeras”.
·
“En todos los casos en los que se lleven a
cabo obras de reparación y/o repavimentación solo se permite el adoquinado”.
·
Composición
de fachadas: “Linealidad: La composición
de las fachadas se hará respetando las líneas predominantes que conforman las
fachadas de la cuadra”.
En este caso
parece que no se mantienen las alturas pre-existentes (planta baja y primer
piso, equivalente a dos pisos), parece que se definiera en base a la mayor
altura de la manzana sin atender la adecuación
de la escala apropiado para una calle angosta residencial, sino por el
contrario se da prioridad a alentar un desarrollo inmobiliario insostenible en
un barrio y en un sector de Caballito altamente comprometido.
Finalmente, se
entiende que solo se contempla al edificio sobre Rosario y se desatiende,
presuntamente, al similar, también protegido, localizado en el pasaje San Ireneo 152, ambos construidos
en la parcela 40-057-005
Por
todo lo expuesto solicito a mis pares acompañen con su firma el presente
Proyecto de Resolución.
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