PROYECTO DE LEY PARQUE DEL BICENTENARIO
“UN PULMON VERDE EN EL CORAZON DE BUENOS AIRES”
Artículo 1º - Desaféctase del Distrito de zonificación Urbanización Futura (UF) a los terrenos de la ex Playa de maniobras Caballito del FFCC Sarmiento, actualmente identificados como:
A) Circunscripción 5, Sección 57, Manzana 38 B, Fracción A.
B) Circunscripción 5, Sección 57, Manzana 39 B, Fracción I.
C) Circunscripción 5, Sección 57, Manzana 101, Fracción 2ª y Fracción “sin nombre”, lindera a las vías.
D) Circunscripción 7, Sección 45, Manzana 2, Fracción “sin nombre”, lindera a las vías.
E) Circunscripción 7, Sección 45, Manzana 3, fracción C.
F) Circunscripción 7, Sección 45, Manzana 7 A.
G) Circunscripción 7, Sección 45, Manzana 15B.
Artículo 2º - Aféctase las parcelas del articulo precedente a Distrito de Zonificación Parque (UP).
Artículo 3º - Las parcelas afectadas en el artículo 2 se denominaran "Parque del Bicentenario".
Artículo 4º - Modifíquese la plancheta de zonificación Nº 16 del Código de Planeamiento Urbano según lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la presente ley.
Artículo 5º - Como anexo 1 y formando parte de la presente se acompaña plano de la zona.
Artículo 6º - Como anexo 2 y formando parte de la presente se acompañan planchetas catastrales de la zona.
Artículo 7º - Cúmplase con lo establecido en los artículos 89 y 90 de la CCABA
Comuníquese, etc.
Clausula transitoria primera - Mientras persista la actividad ferroviaria se mantendrá su uso exclusivo a 10 metros a cada lado del eje central de las vías.
Clausula transitoria segunda - En el momento de la realización de la parquizacion del "Parque del Bicentenario" se procederá a la apertura de la calle Morelos, entre Bogota y Yerbal.
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