El organismo de control porteño emitió un pronunciamiento en que restringe la construcción en altura en los barrios de Agronomía y Villa Pueyrredón conforme a la Ley 3.447. La organización Salvemos al Barrio indicó, sin embargo, que aún hay 13 emprendimientos inmobiliarios que omiten la disposición. La Justicia, por su parte, dispuso una medida cautelar en la que "prohíbe obras nuevas o ampliaciones".
Por Jimena Alcaraz
La ley 3.447, que limita la construcción en altura sobre la Avenida Salvador María del Carril, en los barrios de Agronomía y Villa Pueyrredón (pertenecientes a la Comuna 12), ya comenzó a aplicarse. Pese a que la Defensoría del Pueblo de la Ciudad realizó un pronunciamiento a favor de que se respete tal normativa, los vecinos de la organización Salvemos al Barrio, denunciaron que hay 13 emprendimientos inmobiliarios que buscan caminos alternativos para hacer caso omiso a la disposición.
En el escrito, presentado por la Defensoría del Pueblo, a cargo de Alicia Pierini, y en el que figura la denuncia presentada por uno de los vecinos, aparecen entre los fundamentos, que en primer lugar hay que “respetar la modificación del perfil urbano del espacio, caracterizado por una edificación residencial de densidad media-baja con gran cantidad de viviendas familiares”.
En relación con ello, y respecto a lo que figura en el Código Urbanístico vigente, “la altura máxima para construir es de 12 metros, mientras que antes de la reforma de 2009 era de 31 metros”. Además indica que en la actualidad está permitida la construcción con un “retiro de fondo de 4 metros”.
Según expresó una de las vecinas del barrio a Noticias Urbanas, hoy en día no sólo hay problemas con quienes quieren construir – sin respetar las alturas- sino que también hay conflictos por la mala prestación de servicios como por ejemplo el agua y “el colapso de cloacas”.
La lugareña informó además que “la Justicia dispuso en 2010 una medida cautelar en el que prohíbe “el registro u otorgamiento de permisos de obras nuevas o ampliaciones respecto de la traza para la construcción de edificios que contraríen los parámetros urbanísticos establecidos en el proyecto de ley de aprobación inicial sancionado en la Legislatura”.
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