lunes, septiembre 19, 2011

La Justicia prohibió construir 13 torres en Villa Pueyrredón


19/09/11 Sólo podrán levantarse hasta 12 metros en Salvador María del Carril.
La Justicia porteña prohibió la construcción de 13 torres sobre la avenida Salvador María del Carril y sólo autorizó que se levante edificios de hasta 12 metros . Así favoreció a los vecinos, que rechazaban las obras, y falló en contra de los constructores, quienes afirmaban que habían conseguido el permiso de obra antes de la sanción de una ley que ponía límites de altura a las construcciones en esa zona de Villa Pueyrredón.
El conflicto con las construcciones en Salvador María del Carril comenzó en 2009, cuando, por el boom de la actividad inmobiliaria, se comenzaron a levantar más de30 edificios en las 12 cuadras de la avenida entre Campana y Constituyentes, y las dos de su continuación, La Pampa, desde Constituyentes hasta Burela.
Ante el avance de las obras, los vecinos se movilizaron para que la Legislatura sancionara una ley que les pusiera un tope de altura a las construcciones, como había hecho en Caballito y otros barrios. Además, denunciaron que la gran mayoría de las edificaciones presentaba varias irregularidades , e incluso detectaron planos con firmas de arquitectos falsificadas . De hecho algunas de esas obras fueron clausuradas por el Gobierno porteño, y sus responsables terminaron sancionados con suspensiones en el uso de su firma.
Por la presión vecinal, la Legislatura sancionó una ley que puso un tope de 12 metros de alto, unos cuatro pisos. Además, un grupo de legisladores (Rocío Sánchez Andía, Eduardo Epszteyn, Juan Cabandié y Adrián Camps) y vecinos presentaron en diciembre de 2009 un recurso de amparo para que se prohibiera el otorgamiento de nuevos permisos hasta que entrara en vigencia la ley, ya que como se trataba de una modificación al Código de Planificación, la norma precisaba ser votada dos veces, con una audiencia pública intermedia.
Ese amparo fue concedido por la Justicia, pero el Ejecutivo porteño apeló, porque entendía que la ley aún no estaba vigente (fue publicada en el Boletín Oficial el 16 de junio de 2010, con el N° 3.447), y que entonces la Justicia se estaba entrometiendo en una función –el otorgamiento de permisos de obra– que no le correspondía.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo consideró que las 13 obras en cuestión no contaban aún con el permiso definitivo de construcción, sino que un certificado de uso conforme, un paso administrativo anterior. Por lo tanto, falló que esas obras no pueden ser construidas con sus medidas originales sino que deben adecuarse a los límites de altura dispuestos por la ley N° 3.447.

No hay comentarios.: