Mientras el gobierno porteño no reglamentó una ley aprobada en septiembre pasado por la que se impuso la obligatoriedad de que inspectores de la Ciudad verifiquen las obras en construcción ya en las etapas de demolición y excavación, la Comisión de Planeamiento de la Legislatura porteña firmó ayer un despacho para incorporar esta exigencia al Código de Edificación y así saltear la tan demorada reglamentación de la norma.
El proyecto, firmado por varios legisladores, entre ellos los macristas Alvaro González y Bruno Screnci Silva, deberá ser tratado en el recinto. De ser aprobado, entraría en vigor una vez publicado en el Boletín Oficial.
"Este proyecto lo que hace es profundizar y detallar qué es lo que hay que inspeccionar. El Poder Ejecutivo podría tomarlo como la reglamentación de la norma (3562), que no supo reglamentar", dijo a La Nacion la diputada peronista Silvina Pedreira, presidenta de la Comisión de Planeamiento Urbano de la Legislatura porteña.
Entre las modificaciones del Código de Edificación se contempla que se deberán efectuar inspecciones obligatorias, especiales o de oficio en las obras para examinar si los trabajos se realizan según las disposiciones vigentes. Por tanto, incluye controles en la etapa de demolición y de excavación.
"Cuando la excavación proyectada para la cota de fundación supere los cuatro metros se realizarán dos inspecciones obligatorias: una, al contemplar el 30 por ciento del avance de la obra, y otra, al contemplar el 60 por ciento de ésta", dice el proyecto de ley.
En tanto, se especifica que cuando la excavación proyectada para la cota de fundación no supere los cuatro metros se realizará una única inspección al contemplar "el 50 por ciento del avance de la obra".
Además, el proyecto de ley prevé una primera inspección en la etapa de obra, donde se controlarán la ubicación en el lote, la línea de edificación, la de frente interno y la separación del edificio de los ejes divisorios, entre otras exigencias técnicas.
La segunda inspección se realizará al finalizar la última losa; la tercera, al culminar la mampostería y los montantes de las instalaciones complementarias, y la cuarta, al terminar la obra
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