"Los informes de la subcomisión lograron incorporar y reglamentar esta ley dentro del cuerpo del Código de Edificación de la ciudad de Buenos Aires. El despacho fue firmado el 8 de noviembre de 2011 por los nueve miembros de la comisión y ahora se dispone a ser debatido en la cámara."
El texto anterior es erroneo. La reglamentacion de una Ley es una actividad exclusiva del poder ejecutivo. En donde no interviene la Legislatura. En esta ni en ninguna ley. Lo que recomendo la comision fue que el Ejecutivo reglamente la Ley.
Lo que se firmo por los 9 integrantes es el "despacho de comision" de un proyecto legislativo que, para ser ley, tendra que ser aprobada por el pleno.
La solucion a la falta de reglamentación desde el legislativo, que no puede reglamentar, es aprobar una norma "ultra reglamentarista" que al tener todo establecido no necesita de reglamentacion alguna por tener los detalles totalmente resueltos Y no necesitar de ninguna "reglamentacion". Me podras decir que es un tecnicismo. Pero cambia mucho las cosas. La Legislatura realizo el año pasado todo lo que tenia que hacer. La desidia fue del ejecutivo. Ante ella la legislatura tiene que intentar sacar una norma con una tecnica legislativa poco conveniente. Que es la "ultra reglamentariedad", Saludos Gustavo Desplats
POR FEDERICO AMBROSIO - fambrosio@clarin.com
La discusión por las inspecciones y la responsabilidad profesional se encuentran enfrentadas una vez más. La falta de acción dio como resultado otro derrumbe en la Ciudad de Buenos Aires.
Luego del colapso del edificio de la calle Bartolome Mitre 1232, las discusiones sobre las inspecciones en etapa de demolición y excavaciones en la Ciudad se reavivaron. Funcionarios del Gobierno de la CABA, legisladores y representantes de distintas entidades profesionales hicieron escuchar su voz en estos días.
Lo cierto es que el 16 de septiembre de 2010 se sancionó en la legislatura porteña la ley 3562 que establece, tal como expresa el artículo primero, la obligación del gobierno de inspeccionar todas las obras en construcción durante las etapas de demolición y excavación. Esto se conoció en su momento como PVO cero.
Esta ley apunta a que todos los responsables de la obra expongan ante las autoridades competentes el detalle de las tareas de demolición y excavación para su aprobación. Allí deben enumerar la secuencia de los trabajos y las memorias, como así también la designación de la empresa a cargo que tiene que estar inscripta en el registro público de Demoledores y Excavadores.
Esta reglamentación consta de 3 instancias de inspección: la primera se realizará durante las tareas de demolición y las otras dos durante los trabajos de excavación. Cuando los trabajos se realicen por debajo de la cota de 4 metros de profundidad, se deberá realizar una inspección al cumplirse el 10% del avance de la tarea. La segunda se hará al cumplirse el 50% de lo estimado en el plan de obra presentado con anterioridad ante las autoridades del Gobierno de la Ciudad.
Opiniones cruzadas y detalles legales y administrativos no permiten dejar en claro la aplicación y reglamentación de esta ley, creada a raíz del derrumbe del Gimnasio de Villa Urquiza ocurrido en 2010. La ley 3562, votada en la Cámara y sin veto del Ejecutivo, fue publicada en el Boletín Oficial del 10 de diciembre de 2010, con la oposición de algunas entidades participantes en la consulta.
A lo largo de este año funcionó una subcomisión evaluadora del Código de Edificación dentro de la Comisión de Planeamiento de la Legislatura, constituida para incorporar estos procedimientos dentro del mismo con el fin de darle curso a la nueva ley. Entre los integrantes del grupo de trabajo se encontraban 4 representes del Ejecutivo porteño: la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, el Ministerio de Desarrollo Urbano y el Laboratorio de Ensayo de Materiales, como así también tres miembros de la Legislatura designados por los diputados miembros de la comisión de Planeamiento Urbano. Además estuvo presente un miembro en representación de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, un integrante del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo y otro del Consejo Profesional de Geología, un representante del Consejo Profesional de Ingeniería Civil y uno de la Defensoría del Pueblo.
Los informes de la subcomisión lograron incorporar y reglamentar esta ley dentro del cuerpo del Código de Edificación de la ciudad de Buenos Aires. El despacho fue firmado el 8 de noviembre de 2011 por los nueve miembros de la comisión y ahora se dispone a ser debatido en la cámara.
La responsabilidad profesional, la demora en las acciones, la omisión de la ley y las eventualidades una vez más se hicieron evidentes. Nadie es responsable y la matricula se estigmatiza una vez más hasta tanto la justicia no se expida y las pericias den las razones del porqué un edificio se desplomó en pleno centro porteño.
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